Boletines/Brandsen

Decreto Nº268/2020

Decreto Nº 268/2020

Brandsen, 13/02/2020

Visto

Visto el expediente Nº 4015- 26132/20,  por el cual la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, gestiona un  llamado a Licitación Privada Nº 1/2020, para la compra de luminarias led para el mantenimiento de alumbrado público en el marco del Convenio Específico de Cooperación entre la Subsecretaria de Relaciones Municipales de la Secretaria de Provincias y Municipios del Interior, Obras Publicas y Viviendas de la Nación, y;

Considerando

Que mediante el Decreto N° 83 con fecha 7 de enero de 2020 se autorizó el llamado a Licitación Privada N° 1/2020 para la compra de luminarias led para el mantenimiento de alumbrado público;

            Que a fs. 96 y 97 se agregan el Acta de apertura de las ofertas;

            Que a fs. 98 y 99 se encuentran la planilla comparativa de ofertas;

            Que a fs. 198 se expide el Asesor Letrado: “Llegan las presentes actuaciones a esta Asesoría a mi cargo, a los fines de emitir dictamen respecto a la adjudicación de la Licitación Privada 1/2020. Obra en autos, la opinión técnica emitida por el Secretario de Obras y Servicios Públicos con fecha 28.01.2020, a través del que, entre las distintas consideraciones y en base a las ampliaciones técnicas requeridas a los proveedores, se advierte que la oferta de Panessi Carlos no cumple con los requerimientos técnicos mínimos exigidos por el PByC Particulares en su art. 1. Ahora bien, frente a ello, en el proceso licitatorio resulta la única oferta que cumplimenta las exigencias técnicas es la de la firma EMAC S.A., por lo regirán a todo evento las previsiones que emanan de la norma del art. 155 de la LOM y en razón de ello correspondería su adjudicación en la eventualidad de que, dicha oferta única, fuere de evidente conveniencia, circunstancia en la que se requeriría la autorización del HCD. No puede perderse de vista en este estado, que la oferta suficiente técnicamente (de EMAC S.A), se excede del presupuesto oficial previsto para la Licitación Privada en proceso, por lo que no se encuentran reunido en el presupuesto de evidente conveniencia que manda la Ley para requerir, en su caso, la autorización del HCD para su adjudicación. Ante tales razones, esta Asesoría entiende que no existen ofertas válidas para su evaluación y en virtud de ello recomienda al D.E. declarar desierta la presente licitación. Asesoría Letrada, febrero 11 de 2020. Firmado: Juan Antonio. Asesor Letrado. Municipalidad de Brandsen”;

            Que en razón de lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo de rigor;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA

ARTÍCULO 1º.-  Declárese desierta la Licitación Privada Nº 1/2020, para la compra de luminarias led para el mantenimiento de alumbrado público en el marco del Convenio Específico de Cooperación entre la Subsecretaria de Relaciones Municipales de la Secretaria de Provincias y Municipios del Interior, Obras Publicas y Viviendas de la Nación, por los motivos expuestos en los considerandos.-

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de                                       Gobierno, de Hacienda y Administración y de Obras y Servicios Públicos.-

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a quien corresponda, dese  al Registro Oficial y                                                       cumplido,  archívese.-