Boletines/Vicente López
Resolución Nº 508/20
Vicente López, 18/05/2020
Visto
Ia Resolución 447 y Ia necesidad de ampliar el alcance de las medidas allí dispuestas, ella en función de Ia emergencia pública sanitaria vigente a partir de Ia pandemia declarada por Ia Organización Mundial de Ia Salud en relacion con el COVID-19, conocido como Coronavirus así como las medidas de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dictadas a nivel nacional para su contención, y
Considerando
Que, con fecha 20 de marzo de 2020, esta Secretarla emitió Ia Resolución 447 a los fines de garantizar el servicio mínimo esencial de acarreo por grúas para atender situaciones de especial gravedad y/o urgencia tendientes a resolver asuntos de seguridad vial, los de lugares reservados para personas con discapacidad, el acceso a las rampas y salidas de garajes.
Que, en dicha resolución, se dispuso que el agente municipal de tránsito debería etectuar el pertinente control de tránsito desde Ia vía pública, sin abordar Ia grúa.
Que, asimismo, se estableció que Ia empresa prestataria del servicio de acarreo debería prestar el servicio de remoción por grúas cuando lo disponga Ia autoridad administrativa competente, manteniendo durante todo el período del asilamiento social, preventivo y obligatorio una guardia activa y pasiva.
Que en su articulo 4 se dispuso que el plazo de implementación de tales medidas, correria desde Ia publicación de dicha Resolucion hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive, pudiendo ser prorrogado o ampliado, conforme a como se desenvolviera Ia situación sanitaria.
Que dicho plazo fue ampliado mediante Resolucion 475, de fecha 3 de Abril de 2020, hasta el 12 de Abril de 2020, en función de lo establecido mediante Decreto Municipal Nº 1575 de fecha 01 de abril de 2020, el cual adhirio al DECMU 2020-325-APNPTE, por el cual se dispuso Ia prórroga de Ia vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 hasta el 12 de abril de 2020 inclusive, nuevamente por Resolución 480, de fecha 13 de Abril de 2020, a razón de lo establecido en el Decreto Municipal Nº 1624 de fecha 13 de abril de 2020, el cual adhirió al DECNU-2020-355-APN-PTE, por el cual se dispuso Ia prórroga de Ia vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 hasta el 26 de abril de 2020 inclusive y una vez más por medio de Ia Resolución 486, de fecha 27 de Abril de 2020, dado el Decreto Municipal Nº 1685 de fecha 27 de abril de 2020, el cual adhirió al DECNU-2020-408-APN-PTE, por el cual se dispuso Ia prórroga de Ia vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 hasta el 10 de Mayo de 2020 inclusive.
Que, por Decreto Municipal Nº 1800 de fecha 11 de Mayo de 2020 se adhirio al DECNU-2020-459-APN-PTE, por el cual se dispuso Ia prórroga de Ia vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 (prorrogado a su vez por el Decreto de Necesidad de Urgencia Nº 325/20, 355/20 y 408/20) hasta el 24 de Mayo de 2020 inclusive.
Por ello, el SECRETARIO DE TRANSITO, TRANSPORTE PUBLICO Y SEGURIDAD VIAL en uso de las facultades que le fueron otorgadas,
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- PRORROGAR el plazo establecido en Ia Resolución Nº 447 en consonancia con lo decretado por el Sr. Intendente Municipal, hasta el día 24 de Mayo de 2020 inclusive.
ARTICULO 2º.- ESTABLECER que dicho plazo podrá ser prorrogado o ampliado conforme se desenvuelva Ia situación sanitaria.
ARTICULO 3º.- DAR al Registro Municipal de Resoluciones, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.
Fdo: Antiñolo