Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 671/20
General Pueyrredon, 14/04/2020
Visto
las presentes actuaciones, y
Considerando
Que mediante las mismas la Secretaría de Educación a los fines del mantenimiento de servicios esenciales para la población, solicita la designación de dos agentes, en distintos establecimientos educacionales.
Por ello, en uso de las facultades delegadas mediante Decretos Nº 1500/16 y 1124/18,
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Designar a las agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, a partir de la fecha que en cada caso se indica y hasta el 18 de diciembre de 2020 o el cese de funciones con expresión de causa, ad-referéndum impugnación de Asamblea:
PRECEPTOR ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-20-99-01)
a) U.E. 08-00-0-2-1-21 – JARDIN DE INFANTES Nº 21
MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01)
b) U.E. 08-00-0-2-2-17 – ESCUELA Nº 17
ARTÍCULO 2º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que perciben, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38º de la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 - para Alonso: Programático 24-00-00 – para Ovejero Villalba: Programático 25-00-00 - Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 1 - para el Art. 3º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 2 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 9 – F.Fin. 1-3-1 - para el Art. 5º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 5 - para el Art. 6º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 14.
ARTÍCULO 8º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
p.m.
PUGLISI