Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0181
Brandsen, 24/01/2020
Visto
Visto el expediente Nº 4015-23856/18 por el cual el Sr. Carlos Malvassora, en su carácter de presidente de la firma El Galante S.A.I.C.e.I., solicita la prórroga del plazo concedido para la presentación de los planos de obra correspondientes a las viviendas unifamiliares del emprendimiento “El Mirador del Samborombon”, y;
Considerando
Que por Decreto 1153/19 se prorrogo por 180 días corridos el plazo otorgado por el Decreto N° 1346/17 para la presentación planos de obra correspondientes a las viviendas unifamiliares del emprendimiento “El Mirador del Samborombon”;
Que en esta oportunidad cumplida la prórroga, el Sr. Malvassora solicita nuevamente una un plazo igual al concedido por el Decreto 1153/19;
Que fs. 19 se expide el Subsecretario Legal y Técnico: “Teniendo en cuenta o peticionado, y lo sugerido en el último párrafo, no encuentro objeciones legales, a que se prorrogue por ciento ochenta (180) días corridos el plazo para la presentación de los planos de obra correspondientes a las viviendas unifamiliares del emprendimiento denominado “El Mirador del Samborombon”. Con relación a las obras existentes- a empadronar- sugiero se otorgue un plazo de ciento veinte (120) días corridos, bajo apercibimiento de decretar la caducidad del plazo de ciento ochenta (180) días para la presentación de los planos de obra que se sugiere en el primer párrafo en caso de incumplimiento. Subsecretaria Legal y Técnica, 22 de enero de 2020. Firmado: Luis M. Cowen. Subsecretario Legal y Técnico. Municipalidad de Brandsen”;
Que en razón de lo expuesto compartiéndose el criterio corresponde el dictado del acto administrativo de rigor;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTÍCULO 1º.- Prorróguese el plazo otorgado por Decreto 1153/19 a la firma “El galante S.A.I.C.e.l.”, para efectuar la presentación de los planos de obra correspondientes a las viviendas unifamiliares del emprendimiento denominado “El Mirador del Samborombon” por otro periodo igual de ciento ochenta (180) días corridos a partir de su notificación.-
ARTÍCULO 2º.- Otórguese un plazo de ciento veinte (120) días corridos a las obras existentes, a empadronar, bajo apercibimiento de decretar la caducidad del plazo de ciento ochenta (180) días para la presentación de los planos de obra mencionados en el Art. 1º.-
ARTICULO 3°.- Déjese establecido que los requisitos y procedimientos establecidos por Decreto 337/14 resultan de aplicación para la realización de los tramites autorizados por Decreto 1346/17.-
ARTICULO 4°.- Agréguese copia certificada del presente a los expedientes Nº 4015-4833/07 y 4015-20778/17 y notifíquese a los interesados.-
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Obras y Servicios Públicos.-
ARTÍCULO 6º.-Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-