Boletines/Brandsen

Decreto Nº0113

Decreto Nº 0113

Brandsen, 09/01/2020

Visto

Visto el Decreto Ley Nº 6769/58 y el Expte Nº 4015 – 24457/19 y la Ordenanza Nº 1910 Dec. Promulgatorio Nº 1408/17, y;

Considerando

Que mediante el Convenio suscripto con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, se financia la ejecución de la obra de pavimentación de veinte (20) cuadras en el distrito de Brandsen;

Que en la cláusula primera del citado instrumento se le otorga al Municipio un plazo de ciento veinte (120) días corridos para la finalización de las obras;

Que a continuación se detallan las obras licitadas en referencia al Convenio del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos:

  • Expte. 4015-21.814/17: Pavimentación de Calle J.B Sargiotti entre Acceso a Jeppener y calle M. Moreno de la Localidad de Jeppener;
  • Expte. 4015-21.813/17: Pavimentación de Calle Tortugas entre Ruta 215 y calle El Trebol, Calle Coronel Suarez entre calle El Trebol y Calle Venado Tuerto de la ciudad de Brandsen;
  • Expte. 4015-21.811/17: Pavimentación Calle Alberti entre Av. Belgrano y calle Victor Manuel de la Localidad de Brandsen;
  • Expte. 4015-21.809/17: Pavimentación Calle Venado Tuerto e/ Coronel Suarez y Calle Ramirez, Calle Medalla Milagrosa entre Calle Venado Tuerto y calle Federico Brandsen de la ciudad de Brandsen.
  • Expte. 4015-21.812/17 Pavimentación de la calle Piermantini e/ G. Trucco y G. de la Vega de la Localidad de Gomez;
  • Expte. 4015 – 21810/17: Pavimentación de la calle A. Jones entre L. Pasteur y Simón Irey, y calle San Martin entre J.B. Sargiotti y L. Pasteur de la Localidad de Jeppener;

Que mediante Decreto 1835/19 se convalida la ampliación de plazo de ejecución de las obras mencionadas ut supra;

Que dando cuenta que se presentaron diversas causas ajenas a las obras, como atrasos en los giros de los fondos por parte del organismo que financia la obra, días de lluvia y demás razones no atribuibles a la empresa como, demoras en la provisión de materiales por cuestiones actuales del mercado, que han impedido el normal desarrollo de las actividades del plan de trabajo, motivo el cual se solicita la ampliación de plazo de ejecución de obra de sesenta (60) días;

Que el artículo 132º de la Ley orgánica de las Municipalidades, primer párrafo, establece que la ejecución de las obras se encuentran a cargo del Departamento Ejecutivo;

Que  por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTÍCULO 1º.-  Convalídese la ampliación de plazo de sesenta (60) días de ejecución de la obra “Pavimentación 20 cuadras” en el marco del Convenio suscripto con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Obras y Servicios Públicos.-

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese  a  quien  corresponda,  dése  al  Registro Oficial y cumplido, archívese.-