Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0060/2020
Brandsen, 06/01/2020
Visto
Visto el contrato de Locación de Obra suscripto con el Sr. Martínez, Dante Leonel; y
Considerando
Que dicho convenio está destinado a la contratación de un profesional destinado a dictar clases en Jornadas Recreativas de Verano en talleres municipales;
Que en ese orden de ideas la contratación se formaliza en razón de carecer la comuna de personal competente dentro de sus oficinas para asumir las tareas mencionadas precedentemente;
Que dicha contratación se establece por el término de dos (2) meses a partir del mes de enero de 2020 y hasta el 29 de febrero de 2020, completando la cantidad de ocho (8) horas semanales, por una retribución mensual de pesos seis mil seiscientos quince con cuatro centavos ($ 6.615,04);
Que por expediente 4101.0/11 de la Municipalidad de Saavedra, “…en la celebración de contratos con profesionales el Honorable Tribunal de Cuentas, consideró excesivo el cumplimiento de la aplicación del artículo 32º de la Ley orgánica de las Municipalidades, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad para autorizar las tareas y servicios no contemplados en el artículo 148º de la ley, razón por la cual para tales gastos se estableció que deberán adoptarse los procedimientos utilizados para el común de los gastos presupuestarios…”;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Regístrese el Contrato de locación de obra suscripto con el Sr. Martínez, Dante Leonel, DNI 38.955.306, para dictar clases en Jornadas Recreativas de Verano en talleres municipales, el que agregado como Anexo forma parte de la presente.-
ARTÍCULO 2º.-El gasto que demande el cumplimento del referido contrato, será imputado -con cargo a la Jurisdicción: 7000 Secretaria de Desarrollo Local y Acción Comunitaria – Categoría Programática: 18.05.00– Imputación del gasto: 3.4.9.0– Fuente de financiamiento: 132.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Desarrollo Local y Acción Comunitaria.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-