Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0023/2020
Brandsen, 03/01/2020
Visto
Visto el contrato de Locación de Obra suscripto con la Medica Oftalmóloga, Sra. Hesayne, María del Carmen Adriana; y,
Considerando
Que dicho convenio está destinado a la contratación de un profesional capacitado para realizar las obras relacionadas al Área de Protección Ciudadana y Habilitaciones;
Que asimismo la Profesional deberá realizar todos los exámenes oftalmológicos que sean necesarios para tramitar todo tipo de licencias de conducir de lunes a viernes en el horario que determine la Municipalidad, durante el plazo de vigencia del presente contrato, debiendo informar con cada periodo de facturación los exámenes realizados;
Que el término de dicha locación es desde el 1º de Enero de 2020, finalizando el 31 del mismo mes y año, por una suma de pesos veintiún mil ($21.000) mensuales;
Que el mencionado profesional acredita formación calificada, suficiente experiencia para las tareas relacionadas al área y contando con capacitaciones y práctica en la materia, fundamentales para plasmar su conocimiento y desempeño;
Que se ha sostenido: que por expediente 4101.0/11 de la Municipalidad de Saavedra, “…en la celebración de contratos con profesionales el Honorable Tribunal de Cuentas, consideró excesivo el cumplimiento de la aplicación del artículo 32º de la Ley orgánica de las Municipalidades, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad para autorizar las tareas y servicios no contemplados en el artículo 148º de la ley, razón por la cual para tales gastos se estableció que deberán adoptarse los procedimientos utilizados para el común de los gastos presupuestarios…”
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Regístrese, el contrato de Locación de Obra, suscripto con la Medica Oftalmóloga, Sra. Hesayne, María del Carmen Adriana, DNI 11.692.985, para realizar todos los exámenes oftalmológicos que sean necesarios para tramitar todo tipo de licencias de conducir, en el área de Protección Ciudadana y Habilitaciones, el que agregado como Anexo forma parte de la presente.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimento del referido contrato, será imputado -con cargo a la Jurisdicción: 9000 Secretaría de Protección Ciudadana y Habilitaciones – Categoría Programática: 24.01 .00– imputación del gasto 3.4.9 – Fuente de financiamiento: 110.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Protección Ciudadana y Habilitaciones.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-