Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0022/2020
Brandsen, 03/01/2020
Visto
Visto el contrato de Locación de Obra suscripto con la Psicóloga Norma Marcela Álvarez; y,
Considerando
Que dicho convenio está destinado a la contratación de un profesional capacitado para la aplicación de la estrategia de inclusión social juvenil “Envión Educativo”, cuyo objetivo central es la ampliación de la cobertura educativa, tendiente a disminuir los índices de deserción escolar en los barrios y comunidades donde existen sedes Envión;
Que dicha contratación se establece a partir del 1º de enero de 2020, y hasta el día 31 de diciembre de 2020;
Que en ese orden de ideas la profesional percibirá mensualmente la suma de pesos siete mil seiscientos ($7.600);
Que la mencionada profesional acredita formación calificada y suficiente experiencia para las tareas relacionadas en el marco de la estrategia de inclusión social juvenil “Envión Educativo”;
Que por expediente 4101.0/11 de la Municipalidad de Saavedra se ha sostenido: “…en la celebración de contratos con profesionales el Honorable Tribunal de Cuentas, consideró excesivo el cumplimiento de la aplicación del artículo 32º de la Ley orgánica de las Municipalidades, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad para autorizar las tareas y servicios no contemplados en el artículo 148º de la ley, razón por la cual para tales gastos se estableció que deberán adoptarse los procedimientos utilizados para el común de los gastos presupuestarios…”;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Regístrese el Contrato de Locación de Obra suscripto con la Psicóloga Norma Marcela Álvarez, D.N.I 18.558.944, para la aplicación, de la estrategia de inclusión social juvenil “Envión Educativo”, cuyo objetivo central es la ampliación de la cobertura educativa, tendiente a disminuir los índices de deserción escolar en los barrios y comunidades donde existen sedes envión, el que agregado como Anexo forma parte de la presente.-
ARTÍCULO 2º.-El gasto que demande el cumplimento del referido contrato, será imputado -con cargo a la Jurisdicción: 3000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – Categoría Programática: 39.01 – imputación del gasto 3.4.9.0 – Fuente de financiamiento: 132.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Salud y Desarrollo Social.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-