Boletines/Brandsen

Decreto Nº0021/2020

Decreto Nº 0021/2020

Brandsen, 03/01/2020

Visto

Visto el contrato de Locación de Obra suscripto con Guzmán, Mónica Beatriz; y,

Considerando

Que dicho convenio está destinado a la contratación de un profesional capacitado para desarrollar tareas aplicables en la estrategia de inclusión social juvenil “ENVION” en el ámbito municipal incorporado al Programa de “Responsabilidad Social Compartida Envión” cuyo objetivo central es integrar a jóvenes entre 12 y 21 años al sistema educativo y enseñarles un oficio, además de procurarles un espacio de afecto, contención y acompañamiento donde puedan realizar diversas actividades;

Que dicha contratación se establece desde el 1º de enero de 2020 y hasta el 31 de diciembre del 2020, con una retribución mensual de pesos siete mil seiscientos ($7.600);

Que el mencionado profesional acredita formación calificada, suficiente experiencia para las tareas relacionadas al área de Desarrollo Social en general y contando con capacitaciones y práctica en la materia, fundamentales para plasmar su conocimiento y desempeño;

Que se ha sostenido: que por expediente 4101.0/11 de la Municipalidad de Saavedra, “…en la celebración de contratos con profesionales el Honorable Tribunal de Cuentas, consideró excesivo el cumplimiento de la aplicación del artículo 32º de la Ley orgánica de las Municipalidades, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad para autorizar las tareas y servicios no contemplados en el artículo 148º de la ley, razón por la cual para tales gastos se estableció que  deberán adoptarse los procedimientos utilizados para el común de los gastos presupuestarios…”

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Regístrese, el contrato de Locación de Obra, suscripto con la Profesora en Psicología, Mónica Beatriz Guzmán, DNI 17.019.894, respecto de la estrategia de inclusión Social Juvenil Envión, el que agregado como Anexo forma parte de la presente.-

ARTÍCULO 2º.-  El gasto que demande el cumplimento del referido contrato, será imputado -con cargo a la Jurisdicción: 3000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social  – Categoría Programática: 39.01 – imputación del gasto 3.4.9.0 – Fuente de financiamiento: 132.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Salud y Desarrollo Social.

ARTÍCULO 4º.-  Comuníquese  a  quien  corresponda,  dése al Registro Oficial y  cumplido, archívese.-