Boletines/Brandsen
Decreto Nº 0010/2020
Brandsen, 02/01/2020
Visto
Visto el Convenio suscripto entre la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Brandsen, para ejecutar las tareas de control de calidad del vertido de la Planta de Tratamiento de efluentes cloacales del Partido de Brandsen; y,
Considerando
Que por dicho acuerdo, la aludida Dirección Provincial se compromete a ejecutar por intermedio de su Departamento Laboratorio, el control de calidad del vertido de la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales, estudios específicos en el cuerpo de agua receptor de los mismos, es decir el Rio Samborombón, la caracterización de los efluentes industriales de riesgo y otras tareas de similares aspectos que el Municipio no se encuentra en condiciones de llevar a cabo;
Que este año, se ha retomado con las tareas establecidas en dicho convenio, determinando que el nuevo muestreo comenzará a partir del mes de enero de 2020, con un plazo de vigencia de doce (12) meses corridos a partir de la fecha, renovándose automáticamente;
Que en razón de sus características, la relación contractual que surge del referido convenio, debe ser encuadrada en los términos del artículo 156º de la Ley Orgánica de las Municipalidades
Que el mismo ha tenido principio de ejecución a partir de las tareas que en cumplimiento de sus términos ha efectuado personal del mencionado Laboratorio en nuestro municipio;
Que por Ordenanza Nº 1154/05 Decreto promulgatorio196/05, se convalidó por el Honorable Concejo Deliberante el Convenio referido;
Que en consecuencia corresponde autorizar el pago de las liquidaciones que por los conceptos fijados en el artículo 3º, presente la prestataria;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTÍCULO 1º.-Autorízase el pago de las liquidaciones que efectúe la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas, en concepto de cinco (5) muestreos al año en total a partir del mes de enero del 2020, en cumplimiento del convenio convalidado.-
ARTÍCULO 2º.- El cumplimiento del presente, será imputado en las Partidas correspondientes, de acuerdo al Presupuesto vigente.-
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno, de Hacienda y Administración y de Obras y Servicios Públicos.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial, y cumplido archívese.-