Boletines/Brandsen

Decreto Nº0008/2020

Decreto Nº 0008/2020

Brandsen, 02/01/2020

Visto

Visto el Expte. Nº 4015-26111/20, por el cual tramita la renovación del Seguro de Vida Obligatorio y ART, para un nuevo periodo comprendido entre el mes de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, y;

Considerando

Que el Inc. 2 Art. 156 de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe: “Con excepción a la prescripto en el artículo 151 sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos…. Inc. 2º Cuando se compre a reparticiones oficiales nacionales, provinciales ya a entidades en la que el Estado tenga participación mayoritaria… Se podrá efectuar en forma directa”;

Que a fs. 22 obra informe de la Dirección de Contrataciones y Licitaciones mediante el cual se considera efectuar la contratación directa con las firmas Provincias Seguros S.A. y Provincia ART S.A.;

Que  por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA

ARTÍCULO 1º.- Autorizase la contratación directa con la firma Provincia Seguros S.A. para la renovación de Seguro de Vida Obligatorio, por un monto de pesos seiscientos cuatro mil trecientos noventa y dos con ochenta centavos ($ 604.390,80) y con la firma Provincia ART S.A., para la contratación del Seguro de Riesgo de Trabajo por un monto total de pesos ocho millones setecientos veintitrés mil trescientos ochenta y seis con setenta y cuatro centavos ($ 8.723.386,74) para un nuevo periodo comprendido desde el mes de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2020, en virtud de ajustarse a lo establecido en el Art. 156 Inc. 2 Ley Orgánica de Municipalidades.-

ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, será imputado con cargo a la Jurisdicción: 6000 Secretaria de Hacienda y Administración, en las siguientes partidas 1.1.6.3 – 1.1.6.4 – 1.2.5.3 – 1.2.5.4.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Hacienda y Administración.-

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-