Boletines/General Lavalle

Resolución Nº71/2020

Resolución Nº 71/2020

General Lavalle, 06/05/2020

Visto

La necesidad de establecer criterios uniformes en relación a los responsables de pago respecto de las tasas municipales correspondientes al Cementerio Municipal;

Considerando

Que, se han verificado a lo largo de los años diferentes modalidades documentales a través de los cuales se daba ingreso a los causantes en el Cementerio Municipal y se consignaba a los Responsables de todas las acciones nacidas en dicho ingreso;

Que, dichas diferentes modalidades hubieron generado a lo largo de los años discordancias entre los datos ingresados en los libros correspondientes, tanto el sector de Administración del Cementerio sito en el ingreso al predio como en las oficinas ubicadas en el en Palacio Municipal;

Que, es por ello, a lo fines de contar con una formato único que permita describir todas las obligaciones, deberes y derechos de ambas partes incluidas en el Contrato de Arrendamiento de cualquier unidad del cementerio municipal, ya sea de parcelas como de nichos, se confecciona el Contrato Modelo que como Anexo se acompaña el presente;

Que, en el mismo se consignan las normas relativas a Ordenanzas vigentes, reglamentaciones internas y todo dato de interés para las partes contratantes;

Que ajustándose todo lo expuesto a lo establecido a la norma legal vigente, procede dictar el pertinente acto administrativo.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º: Establézcase el Contrato de Arrendamiento que se acompaña al presente como ANEXO I como la documentación necesaria y única para realizar todo ingreso, traslado interno y demás acciones, el cual deberá ser suscripto de manera ineludible por quien adquirirá el carácter de  RESPONSABLE, siendo quien suscriba el mismo en tal carácter, el referente para todo hecho generador de obligaciones y derechos nacidos en dicho contrato.

ARTÍCULO 2º: Se deja expresa constancia que en caso de verificarse discordancia de datos en relación a quienes consten como responsables en las Planillas de Inhumación y en los Contratos descriptos en el Artículo precedente, siempre se deberá priorizar a quienes hayan firmado éste último.

ARTÍCULO  3º: Instrúyase a la Subsecretaria de Rentas Municipal para que  arbitre los medios necesarios a lo fines de hacer operativa la aplicación de la presente resolución, la cual deberá ser efectivamente notificada al Encargado de Cementerio de Municipal.-

ARTICULO 4º: La presente resolución será refrendada por la Sra. Jefe de Gabinete.-

ARTICULO 5º: Cúmplase, comuníquese a quién corresponda y dése al Registro  Municipal.-

 

 

ANDREA VERONICA TURCONI                                                                   JOSE H RODRIGUEZ PONTE

        JEFE DE GABINETE                                                                                   INTENDENTE MUNICIPAL

 

 

                     CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE CEMENTERIO

En ciudad de General Lavalle, a los ___ días del mes de ____ de 2020, entre la Municipalidad de General Lavalle, con domicilio en Avenida Bartolomé Mitre Nº 861 de la ciudad de General Lavalle, Provincia de Buenos Aires, a partir de ahora el “ARRENDADOR”, por una parte y por la otra el Sr/a………………….………………………………., DNI Nº ………………… domiciliado en Calle….……………………………….. de la localidad , teléfono y mail de contacto……………………………………..……………………..……… en adelante denominado el “ARRENDATARIO”, se celebra el presente contrato de ARRENDAMIENTO DE PARCELA IDENTIFICADA como……………………………………………….. sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones.

PRIMERA: El ARRENDADOR cede en arrendamiento al/los ARRENDATARIOS/S del Cementerio Municipal la parcela ubicada en:

SEGUNDA: El plazo del arrendamiento será de ……. años, a partir del ___ días del mes de _____ del 2.020. …. Se deja constancia que todo arrendamiento existente tendrá vigencia de plazo hasta el 31 de Diciembre del año en que se produzca el vencimiento original. Asimismo se hace expresa mención que la renovación del arrendamiento se hará por periodos adelantados, determinándose que transcurridos seis (6) meses de su vencimiento sin haberse procedido a su renovación la Municipalidad podrá disponer el envío de los restos al osario común. De igual modo se deja constancia que en caso de que el TERRENO se desocupe por traslado de restos a otro lugar, pasará a ser propiedad de la Municipalidad de General Lavalle en caso de que no sean ocupados por restos que mantengan identidad de Responsable de Pago, de manera inmediata.

TERCERA: El precio del ARRENDAMIENTO se establece en PESOS_____________ por todo el plazo de vigencia del mismo. El monto resultante deberá ser abonado  dentro de los diez (10) días de la recepción de servicio o de la iniciación de cualquier operación que requiera autorización municipal.  En los casos de arrendamientos nuevos el importe a abonar correspondiente al primer año, se deberá calcular basándose en los meses de uso que serán utilizados, tomándose como mes entero las fracciones de mes. El ARRENDATARIO toma conocimiento que la fecha fijada para el pago de las renovaciones de los Derechos de Arrendamiento es el día 31 de Mayo de 2.020.-  

CUARTA: Es de carácter obligatorio el pago de los Derechos de Cementerio contemplados en los Artículos 165º y concordantes de la Ordenanza Fiscal y Artículos 35º y siguientes de la Ordenanza Impositiva vigente.

QUINTA: Para las renovaciones de contratos de ARRENDAMIENTO, el/los ARRENDATARIOS  deberá/àn estar libres de deuda respecto de los derechos de cementerio.

SEXTA: Los ARRENDATARIOS y/o sus derechohabientes responderán solidariamente ante el ARRENDADOR por todas las consecuencias derivadas del presente contrato, pudiendo los ARRENDATARIOS cambiar el domicilio registrado en el presente, debiendo notificar fehacientemente dicho cambio.-

SEPTIMA: El ARRENDADOR establece que se requerirá la siguiente documentación para el ingreso de restos al Cementerio Municipal y el ARRENDATARIO acepta dichos requerimientos, en los siguientes términos: Establézcase como procedimiento para el ingreso de restos al Cementerio Municipal de General Lavalle el siguiente: a) Recepción de Planilla de Inhumación, confeccionada por la empresa encargada del servicio fúnebre que intervenga. En dicha planilla debe consignarse, de manera indefectible, el nombre, domicilio actualizado y número telefónico de quien resultará RESPONSABLE del pago de los derechos de cementerio; b) Recepción de Licencia de Inhumación, expedida por el Registro de Estado y Capacidad y de las Personas de la jurisdicción que corresponda; c)

 

 

 

Abono de los Derechos de Cementerio correspondientes; d) Fiscalización de estado de deuda respecto de arrendamiento y mantenimiento correspondiente a los restos de que se trate. Se deja expresamente establecido que dicha documentación debe presentarse ante la Oficina de Cementerios de la Municipalidad de General Lavalle, de manera simultánea al ingreso efectivo de los restos al cementerio municipal o el día hábil siguiente. En caso de no verificarse la presentación de la documentación detallada en el presente, en el plazo mencionado, la empresa fúnebre que realice el servicio de ingreso de los restos serà solidariamente responsable de todos los efectos derivados del tal ingreso.-

OCTAVA: El ARRENDADOR establece que se requerirá la siguiente documentación para el traslado interno  de restos en el  Cementerio Municipal y el ARRENDATARIO acepta dichos requerimientos, en los siguientes términos: Establézcase como procedimiento para el traslado interno de restos en el Cementerio Municipal de General Lavalle el siguiente: a) Recepción de solicitud de autorización para traslado, suscripta por el Responsable de los restos, donde específicamente señale la ubicación actual de los mismos y denuncie el sector donde será efectivamente depositado, acompañado con  fotocopia de DNI del presentante; b) Otorgamiento de autorización por parte de la Oficina de Cementerios de la Municipalidad de General Lavalle; c) Abono de los Derechos de Cementerio correspondientes,  d) Fiscalización de estado de deuda respecto de arrendamiento y mantenimiento correspondiente a los restos de que se trate; e) Presentación de dicha autorización y registración de la misma ante la Oficina Administrativa existente en el predio del Cementerio Municipal , y recepción de  ésta por el Encargado de Cementerio.-

 

NOVENA: El ARRENDADOR establece que se requerirá la siguiente documentación para la exhumación de restos en el  Cementerio Municipal y el ARRENDATARIO acepta dichos requerimientos, en los siguientes términos: Establézcase como procedimiento para la exhumación de restos en el Cementerio Municipal de General Lavalle el siguiente: a) Recepción de solicitud de requerimiento para exhumación suscripta por el Responsable de los restos, donde específicamente señale el carácter invocado para solicitar dicha exhumación y denuncie el destino donde serán efectivamente trasladados los restos, acompañado con  fotocopia de DNI del presentante; b) Recepción de nota expedida por el cementerio, crematorio u otro predio donde serán trasladados los restos donde conste los datos catastrales y ubicación donde se depositarán específicamente los mismos; c) Otorgamiento de autorización por parte de la Oficina de Cementerios de la Municipalidad de General Lavalle; d) Abono de los Derechos de Cementerio correspondientes,  e) Fiscalización de estado de deuda respecto de arrendamiento y mantenimiento correspondiente a los restos de que se trate; f) Presentación de dicha autorización y registración de la misma ante la Oficina Administrativa existente en el predio del Cementerio Municipal, y recepción de  ésta por el Encargado de Cementerio; g) Nota suscripta por el Responsable autorizando a la empresa de servicios fúnebres para la realización del traslado de los restos. Se deja expresamente establecido que una vez producida la exhumación de restos del Cementerio Municipal de General Lavalle, para que los mismos reingresen a éste deberá previamente abonarse todos los derechos correspondientes.

En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha al principio indicados. Se deja constancia que cada parte hace retiro de su ejemplar.