Boletines/Bolivar
Licitación Privada Nº 12
VISTO:
El Expediente N° 4013-271/17 por el cual se propicia el llamado a la Licitación Privada para la adquisición de dos (2) camionetas cabina simple y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 638/2017 se aprobó el llamado a la Licitación Privada Nº 12 para la adquisición de dos (2) camionetas cabina simple, con un presupuesto oficial de pesos quinientos noventa mil con 00/100 ($590.000,00.-);
Que se han cursado cuatro (4) invitaciones a comerciantes del ramo inscriptos en el Registro de Proveedores, de conformidad a lo establecido en los artículos 141 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, a las firmas, ALRA S.A. CUIT 30-59728551-1, ROAS S.A.C.I.F. 30-51843645-3, TERUEL MARCELO HECTOR CUIT 23-17567210-9, BAIRESWAGEN S.A. CUIT 30-70700554-4;
Que se recibieron dos (2) ofertas válidas según surge del Acta de Apertura del día 12 de Abril de 2017; de los proveedores ALRA S.A. y BAIRESWAGEN S.A.;
Que analizadas las ofertas elevadas a tal efecto y teniendo en cuenta el informe emanado de la Oficina de Compras, es conveniente adjudicar a la propuesta presentada por la firma BAIRESWAGEN S.A. CUIT 30-70700554-4 por la suma de pesos quinientos cuarenta mil con 00/100 ($540.000,00);
Que en consecuencia, corresponde rechazar la oferta correspondiente al proveedor ALRA S.A., por ser menos convenientes al interés fiscal del Municipio;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 154 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Artículo 1º: Aprobar la Licitación Privada Nº 12/2017 llevado a cabo el día 12 de Abril de 2017, para la para la adquisición de dos (2) camionetas cabina simple.
Artículo 2º: Declarar admisibles las propuestas presentadas por los proveedores ALRA S.A. y BAIRESWAGEN S.A., por ajustarse al Pliegos de Bases y Condiciones.
Artículo 3º: Desestimar la oferta correspondiente a ALRA S.A., por no resultar convenientes al interés fiscal.
Artículo 4º: Adjudicar a BAIRESWAGEN S.A. CUIT 30-70700554-4 por la suma de pesos quinientos cuarenta mil con 00/100 ($540.000,00), por resultar la oferta más conveniente al interés fiscal y ajustada al Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 5°: Procédase a devolución de las garantías que correspondan a las propuestas no aceptadas.
Artículo 6º: El gasto que demande el artículo 1° será atendido con cargo a las siguientes partidas:
Artículo 7º: Notificar al adjudicatario y al resto de los oferentes, con arreglo a lo normado en la Ordenanza General 267/80.
Artículo 8º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Secretaría de Espacios Públicos y Ambiente, Oficina de Compras y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 9°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.
Artículo 10º: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.