Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº8

Decreto Nº 8

Coronel Rosales, 22/01/2020

Rechazo a la aplicación de mayores retenciones al sector agropecuario, a partir de la vigencia del Decreto N° 37/19 del 14/12/19.

Visto

El Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 37/19 publicado en el Boletín Oficial del día 14 de diciembre de 2019

Considerando

Que, en virtud de ese Decreto, se deja sin efecto el límite de pesos cuatro ($ 4) por cada dólar estadounidense, para los derechos de exportación establecidos en el artículo 2° del Decreto N° 793/18. De esta manera, las retenciones a los granos pasan a tener una alícuota de 12 %, dejando sin efecto el límite anterior.

Que la soja mantiene su base de 18 %, y queda con un gravamen por derecho de exportación del 30 %.

Que con este cambio se aumentan los montos que se pagaban hasta el 13 de diciembre, ya que con el mecanismo de ($ 4) por cada dólar estadounidenses, se abonaban a razón de 6,5 % para todos los granos y, ese porcentaje más un 18 % fijo para la soja.

Que, en cuanto al trigo, el maíz y el girasol, quedarían en 12 %, en tanto que pagarán 9 % las exportaciones de carne, pescado, leche en polvo y algunos productos regionales como porotos y legumbres. Otros lácteos, como los quesos, tributarán $ 3 por dólar (5%), lo mismo que ciertos productos regionales como, por ejemplo, las frutas.

Que, en realidad, se persigue una mayor recaudación del sector más dinámico de la economía argentina, al disminuir los márgenes de utilidad que ofrece y generar grandes distorsiones en el ámbito agropecuario.

Que esta medida genera un impacto muy relevante en la ajustada rentabilidad del sector agropecuario, lo que va a generar la disminución en el área de siembra y menor inversión en tecnología agraria.
Que, en soja, los rendimientos del cultivo promedio a nivel nacional, no llegarán a cubrir los costos, al igual que en maíz y en trigo, en promedio del país.

Que, en este sentido, al aumentar las retenciones en el cultivo de maíz y el trigo, es muy factible que en futuras campañas disminuya la superficie cultivada.

Que el impacto se sentirá en las ciudades y pueblos localizados en áreas agropecuarias, en donde muchos comerciantes, transportistas y profesionales, entre otros, dependen de los circuitos productivos agrarios.

Que en el contexto del nuevo esquema tributario para el agro, la posibilidad de tener algún margen económico favorable quedaría limitada a la soja, lo que implica que los productores tendrán un mayor riesgo de quedar a merced de contingencias climáticas desfavorables o de enfrentar una caída en los precios internacionales.

Que, en la escala local, las transformaciones socio-productivas acaecidas en el espacio rural rosaleño y la dinámica que adoptan los actores institucionales y los sujetos sociales hace imprescindible evaluar el desarrollo rural en el diseño de políticas locales y regionales para mejorar las condiciones socio-productivas de los pobladores rurales del
partido de Coronel Rosales (Matías Álamo, 2018), por lo que es necesario considerar el impacto que estas políticas nacionales tendrán en nuestra producción agropecuaria
(especialmente en trigo, maíz y girasol).

Que la defensa de los productores rurales del partido de Coronel Rosales y de los aportes que efectúan al desarrollo local es muy relevante, y, en consecuencia, debemos dar
visibilidad, sobre esta cuestión, al sector agropecuario de nuestro distrito.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DECRETA

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Rosales manifiesta su rechazo a la aplicación de mayores retenciones al sector agropecuario, a partir de la vigencia
del Decreto N° 37/19 del 14/12/19.

Artículo 2º: Remítase copia del presente Decreto al Sr. Presidente de la Nación, Dr. Alberto Fernández.

Artículo 3º: Remítase copia del presente Decreto a la Honorable Cámara de Diputados y al Honorable Senado de la Nación.-

Artículo 4º: Remítase copia del presente Decreto a los Concejos Deliberantes de la provincia de Buenos Aires.-

Artículo 5º: Vistos y considerandos forman parte de este Decreto.

Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-

SANCIONADO POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA
ALTA A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE

Firmado Nicolás Aramayo Presidente

Pablo Zaragoza Secretario Legislativo