Boletines/Coronel Rosales
Ordenanza Nº 3906
Coronel Rosales, 12/03/2020
ORDENANZA
Corresponde al Expte. O-10-2020
Artículo 1º: Créase el Ballet Municipal Folclórico de Coronel Rosales como elenco de danzas estable del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales.-
Artículo 2º: Asígnesele el nombre de BALLET MUNICIPAL FOLCLORICO DE CORONEL ROSALES, (B.M.C.R.) al elenco estable representativo del Distrito, compuesto como mínimo por ocho miembros elegidos mediante audiciones.-
Artículo 3º: La autoridad de aplicación de la presente, corresponderá a la Secretaria de Gobierno a través de la Dirección de Cultura o al organismo que en un futuro designe el Departamento Ejecutivo.-
Artículo 4º: La partida presupuestaria que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza se imputará a “Ballet Jurisdicción Gobierno 1110107000480300 Solier - Partida
Temp.1.2.10”. Efectuándose las incorporaciones y transferencias presupuestarias que correspondieren.-
Artículo 5º: Obligaciones del Ballet y su Dirección:
1. Elevar al Director de Cultura la propuesta anual de Programación para su tratamiento,
diseñando la misma tanto en su aspecto de extensión cultural como social.
2. Cumplir con las funciones y responsabilidades que le sean asignadas por el Director de
Cultura (ensayos, vestuario, escenografías y otras).
3. Participar en los eventos municipales o los que el Municipio requiera.
4. Cumplir con dedicación y profesionalismo las actividades que se les encomiende para la
programación prevista para el ballet.
Artículo 6º: Regístrese, Comuníquese, Dese al Boletín Municipal, Hecho, Archívese.-
SANCIONADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES EN LA CIUDAD CABECERA DE PUNTA
ALTA, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.
Firmado Nicolás Aramayo Presidente
Pablo Zaragoza Secretario Legislativo