Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 173/2020
Coronel Rosales, 08/05/2020
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expte. DC Nº 1303/20 relativas al Concurso de Precios Nro. 03/20 para adquisición de mercadería para carenciados, las propuestas presentadas por las distintas firmas participantes, la comparación de ofertas elevada por el Sr. Jefe de Compras, Y
Considerando
Que mediante Decreto Nº 159/20 de fecha 22 de Abril de 2.020 se dispuso el llamado a Concurso de Precios Nº 03/20 para la adquisición de mercadería para carenciados.-
Que efectuadas las invitaciones pertinentes los proveedores “Gualdesi Hnos. S.R.L.”, “Cooperativa Obrera Ltda.”, “Mayorista Quesur Bahía” y “Mardones, Alejandro Martín” presentaron las cotizaciones correspondientes.-
Que la compra se fundamenta en la requisitoria elevada por el Sr. Secretario de Desarrollo Social de éste Municipio relativa a la necesidad de adquirir el referido equipamiento y giradas que le fueron las actuaciones este sugiere que las adjudicaciones recaigan en las propuestas que, por cada ítem cotizado, resulten de menor valor y por ende mas beneficiosas a los intereses del Municipio.-
Que se ha cumplido lo dispuesto por los Art. 151 y subsiguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Arts. 191 y cctes. del Reglamento de Contrataciones del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA
ARTÍCULO 1º: Adjudicar a la firma “Gualdesi Hnos. S.R.L.” el ítem 1 (fideos secos); ítem 2 (Fideo Secos Largos) e ítem 4 (Yerba Mate) del Concurso de Precios Nº 03/20 todo ello por la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO ($ 349,925,00.-) contra la entrega inmediata de los productos adquiridos.-
ARTÍCULO 2º: Adjudicar a la firma "Cooperativa Obrera Ltda" el ítem 3 (Arroz); ítem 5 (Aceite Mezcla); ítem 6 (Harina de Trigo); ítem 7 (Arvejas Lata) e ítem 8 (Azúcar) del Concurso de Precios Nº 03/20 todo ello por la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 586,375,00.-) contra la entrega inmediata de los productos adquiridos.-
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Desarrollo Social.-
ARTÍCULO 4º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Economía, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a la firmas participantes y a los adjudicatarios. Gírese a Contaduría General, Departamento de Compras y Tesorería Municipal para su cumplimiento.- Hecho, archívese.-
DECRETO Nº173/2020