Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº125/2020

Decreto Nº 125/2020

Coronel Rosales, 18/03/2020

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº S-340/19 relativas a la Obra denominada “Reparación en cerco superior e inferior en la Escuela Primaria Nº 22”, el Pliego de Bases y Condiciones obrante en autos, la contratación directa gestionada y recomendada por la Secretaría de Obras Públicas y Planeamiento de esta Comuna, Y

Considerando

Que según informe y requerimiento elevado por el Sr. Secretario de Obras Públicas y Planeamiento de este Municipio resulta necesaria la ejecución las diversas tareas que componen la presente Obra en las instalaciones de la Escuela Primaria Nº 22 de Coronel Rosales ello con el fin de refaccionar, mejorar y terminar la reparación de cerco superior de alambre tejido e inferior de mampostería del establecimiento mencionado en aras de su optimización a los fines que el mismo sirve.-

Que el Pliego de Bases y Condiciones confeccionado a efectos de la presente Contratación cumple con lo determinado por los Arts. 136 y ccs. LOM, Arts. 5 y 6 de la Ley 6021 y Arts. 108 y ccs. del Decreto 2980/00 RAFAM y, en consecuencia, corresponde proveer su aprobación.-

Que obra en autos presupuesto presentado por la firma “Fernando F. Fulgenzi” (CUIT 20-17143064-0), ajustado a los lineamientos del antedicho pliego, según el cual el costo de la Obra a realizar, incluyendo materiales exigidos y mano de obra, asciende a la suma de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS ($ 842.900,00.-).-

Que en virtud de lo previsto por los Arts. 132 inc. d, 133, 283 bis y ccs. de la LOM y Resolución Nº 1211/19 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires resulta viable la Contratación Directa de la Obra de referencia.-

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA

ARTÍCULO 1º: Apruébase  en  todos  sus  términos  el  Pliego  de  Bases  y  Condiciones   instrumentado para la Contratación Directa de la Obra denominada “Reparación en cerco superior e inferior en la Escuela Primaria Nº 22” que forma parte de este Expediente.-

ARTÍCULO 2º: Autorizase  la  Contratación  Directa, con el proveedor “Fernando F. Fulgenzi” (CUIT 20-17143064-0), para la Obra mencionada en el Artículo 1º por un valor de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS ($ 842.900,00.-) con plazo de ejecución de sesenta (60) días corridos contados a partir de la fecha del Acta de Inicio de Obra (Art. 5 P.B.C.P.) por considerar su precio conveniente a los intereses del Municipio y por ajustarse a lo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades y en la Ley 6021 de Obras Públicas.-

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al adjudicatario  que  deberá  concurrir  a  la  Oficina  de Asuntos Legales y Técnicos del Municipio, dentro de los cinco (5) días contados a partir de la notificación del presente Decreto, con la correspondiente garantía de cumplimiento de contrato por el cinco por ciento (5%) del monto consignado en el Artículo 2º (Art. 40 PBCG) y demás documentación exigida al efecto indicada expresamente por el pliego que por este acto se aprueba para la suscripción del pertinente Contrato de Obra.-

ARTÍCULO 4º: Facúltase al Departamento de Compras Municipal, a la Tesorería Municipal y a la Contaduría a efectuar las adecuaciones contables necesarias.-

ARTÍCULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Obras Públicas y Planeamiento.-

ARTÍCULO 6º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Gobierno y de Economía. Déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a la firma adjudicataria. Gírese a Contaduría General, Departamento de Compras y Tesorería Municipal para su cumplimiento.- Hecho, resérvese.-

DECRETO Nº125/2020