Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº107/2020

Decreto Nº 107/2020

Coronel Rosales, 05/03/2020

Visto

Las actuaciones emergentes del Expte. S-408/18, el Decreto Nro. 452/19 dictado con fecha 17 de Septiembre de 2.019, la solicitud elevada por el Sr. Secretario de Salud relacionada con la necesidad de adecuar dichos montos por el período que va desde el 01 de Marzo de 2.020 hasta el 31 de Agosto de 2.020, Y

Considerando

Que conforme indica el Sr. Secretario de Salud ante la dificultad de conseguir reemplazos para guardias médicas activas de veinticuatro (24) horas en el Hospital Municipal Eva Perón resulta necesario adecuar los montos que se abonan por las mismas.-

Que las guardias médicas afectadas por la modificación, conforme las necesidades actuales del nosocomio local, son las especialidades clínica y pediatría tanto para el personal de planta permanente, mensualizados y locaciones de servicios.-

Que en consecuencia debe dictarse el correspondiente acto administrativo a los efectos administrativo-contables.

 Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA

ARTICULO 1º.- Adecuar el monto a percibir por los profesionales médicos de planta permanente, mensualizados o vinculados mediante locación de servicios a este Municipio destinados a cubrir guardias de veinticuatro (24) horas en el Hospital Municipal “Eva Perón” que regirá desde el 01 de Marzo de 2.020hasta el 31 de Agosto de 2.020será el que a continuación se detalla.-

GUARDIA EMERGENCIAS MEDICAS ACTIVA: CLINICA Y PEDIATRIA

01/03/2020 al 31/08/2020

 

24 HORAS LUNES A VIERNES

 

$16.000,00.-

 

24 HORAS SABADO, DOMINGOS Y FERIADOS

 

$ 18.000,00.-

 

Clínica y pediatría cobertura simultánea de día hábil veinticuatro (24) horas.-

 

$ 25.000,00.-

 

Clínica y pediatría cobertura simultánea de día sábado, domingo y feriado veinticuatro (24) horas.-

 

$ 28.000,00.-

ARTICULO 2º.- Autorízase a la Contaduría  General  a  imputar  los  gastos que demande el cumplimiento del presente con cargo a la partida del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto aclaratorio será refrendado por el Sr. Secretario de Economía.-

ARTICULO 4º.- Regístrese.- Tomen conocimiento las Secretarías de Gobierno y de Salud, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Notifíquese a la Contaduría General y a los Departamentos de  Personal y Liquidación de Haberes. Hecho, archívese.-

DECRETO Nº 107/2020