Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 86/2020
Coronel Rosales, 28/02/2020
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expte. Nro. J-076/19, lo previsto por los Arts. 25 y 99 del C.C.T., lo dispuesto por los Arts. 10 y ccs. de la Ley 24.714, Y
Considerando
Que los Arts. 25 y 99 del C.C.T. establecen como prerrogativa de los trabajadores de la Municipalidad de Coronel Rosales la percepción de las asignaciones familiares que correspondan conforme legislación nacional.-
Que la Ley 24.714 “Régimen de Asignaciones Familiares” en su Art. 10 establece: “La asignación por ayuda escolar anual consistirá en el pago de una suma de dinero que se hará efectiva en el mes de marzo de cada año. Esta asignación se abonará por cada hijo que concurra regularmente a establecimientos de enseñanza básica y polimodal o bien, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos oficiales o privados donde se imparta educación diferencial”.-
Que la Ayuda Escolar Anual correspondiente al año 2.019 fue liquidada anticipadamente dependiendo su consolidación de la presentación por parte de cada Agente y antes del 31 de Diciembre de 2.019 del pertinente certificado de alumno regular de aquel/los menor/es por quien/es percibió la antedicha asignación escolar.-
Que conforme listado elevado por el Departamento de Personal existen Agentes Municipales que, habiendo percibido Ayuda Escolar Anual 2.019 por menores declarados a su cargo y pese a haber sido notificados al efecto, han omitido la presentación del antedicho certificado de alumno regular lo que conlleva la obligación de reintegrar los montos liquidados y percibidos.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA
ARTICULO 1º:Autorízase al Departamento de Liquidación de Haberes a efectuar el descuento correspondiente a la Ayuda Escolar Anual correspondiente al Año 2.019 que hubieren percibido los Agentes Municipales comprendidos en el listado adjunto que, como ANEXO I, forma parte del presente Decreto.-
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por la Señorita Secretaria de Gobierno.-
ARTICULO 3º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Economía, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Por el Departamento de Personal notifíquese a los Agentes Municipales interesados y gírese al Departamento de Liquidación de Haberes para su cumplimiento. Hecho, archívese.-
DECRETO Nº86/2020