Boletines/Coronel Rosales

Decreto Nº63/2020

Decreto Nº 63/2020

Coronel Rosales, 18/02/2020

Visto

Lo actuado en las presentes actuaciones, lo solicitado por el Sr. Secretario de Desarrollo Social, lo previsto por los Arts. 118, 119 y cctes. del Convenio Colectivo de Trabajo para los Trabajadores Municipales del Partido de Coronel Rosales, y

Considerando

Que es marcado interés del Departamento Ejecutivo lograr los mayores parámetros de eficiencia y eficacia en todos los servicios que se encuentran a cargo de este Municipio a la par de maximizar sus resultados.-

Que el carácter no remunerativo de la “Bonificación Programas Especiales” (Cgo. 10115), su oportuno establecimiento en la suma fija de pesos SEIS MIL ($ 6.000,00.-), la circunstancia de no haber sufrido ésta ajuste alguno desde el mes de junio de 2.017 y el devenir económico nacional han hecho que su monto quede desactualizado y deba ser ajustado y aumentado.-

Que en concordancia con lo solicitado en nota obrante en autos el Sr. Secretario de Desarrollo Social se estima prudente disponer a partir del 1º de febrero de 2.020 el incremento de antedicha bonificación para fijarla en la suma de pesos OCHO MIL ($ 8.000,00.-) mensuales.-

Que conforme lo determinado por los Arts. 108 y ccs. L.O.M. y Arts. 118, 119 y ccs. Del C.C.T. es menester dictar el acto administrativo pertinente que así lo disponga.-    

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA

ARTICULO 1º.- Fija a partir del 01 de Febrero de 2.020 el monto correspondiente a la “Bonificación Programas Especiales” (Cgo. 10115) en la suma de PESOS OCHO MIL ($8.000,00.-) mensuales manteniéndose su carácter no remunerativo-

ARTICULO 2º.- Facúltese a la Contaduría Municipal a impulsar las adecuaciones  presupuestarias necesarias para absorber las mayores erogaciones que implique la aplicación del presente Decreto.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Señorita Secretaria de  Gobierno.-

ARTICULO 4º.- Regístrese.- Tomen conocimiento las Secretarías de Economía, Salud y Desarrollo Social dejándose constancia de ello en el Expte. y notificándose  por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Gírese a Contaduría General y al Dpto. de Liquidación de Haberes para su cumplimiento.-Hecho, archívese.-

DECRETO Nº63/2020