Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 18/2020
Coronel Rosales, 14/01/2020
Visto
El Acta de la Comisión Directiva de la Cooperadora del Hospital Municipal Eva Perón consistente en donar la recaudación de los Bonos efectivizados en el mencionado ente, Y
Considerando
Que la decisión adoptada por la Cooperadora tiene como objetivo final cumplir con el estatuto del ente, asistiendo al Hospital con recursos materiales y humanos para el mejor desempeño del nosocomio.
Que se pretende, unificar la información contable, en lo que respecta a la gestión administrativa, para garantizar los servicios de salud de la comunidad.
Que además, se estarían racionalizando las funciones de contrataciones de distinta índole, atento a la centralización que a partir de la efectivizacion del presente se produciría.
Que esta adecuación administrativa, tiene como característica esencial, unificar la contabilidad para la toma de decisiones de ambos entes con certeza, garantizando la transparencia de los circuitos administrativos y dinamizando los informes de gestión.
Que los fondos recaudados se encuadrarían como fondos afectados al Hospital Municipal EVA PERON, en los términos del Art. 119 de la LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES,
Que en consecuencia es menester proceder al dictado del acto administrativo respectivo.
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA
ARTICULO 1º: Autorízase a la Contaduría Municipal y Subdirección de Presupuesto, a realizar las adecuaciones administrativas, técnicas y presupuestarias de acuerdo a los vistos y considerándoos del presente.-
ARTICULO 2º: Disponer la creación de una caja chica para el Hospital Municipal Eva Perón a partir del corriente año de Pesos Veintiocho Mi ($ 28.000.-), afectada al presente decreto.
ARTICULO 3º: Autorízase a la Contaduría Municipal a otorgar la información contable que se requiera a la Cooperadora del Hospital Eva Perón a los fines de las verificaciones y análisis de la información que estime corresponder.
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía.-
ARTICULO 5º.- Regístrese.- Tomen conocimiento las Secretaría de Gobierno, de Salud, Desarrollo Social y de Obras y Servicios, déjese constancia de ello en el Expte. y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Notifíquese a los interesados.- Hecho, archívese.-
DECRETO Nº18/2020