Boletines/Brandsen
Decreto Nº 2209/19
Brandsen, 19/12/2019
Visto
Visto el Expte. 4015-26045/19 iniciado por Claudio Alejandro Martino DNI 24.781.540, por el cual solicita la liberación de la deuda de la Pda. Nº 16096, y;
Considerando
Que a fs. 6 se expide el Director de Apremios: “Al Sr. Intendente. Llegan las actuaciones de referencia, con motivo de emitir opinión sobre lo peticionado a fs. 1, en lo relativo a la liberación de deuda que surge de la partida 16096, peticionado por el Sr. Martino Claudio Alejandro. Conforme la documentación adjunta, en atención a los antecedentes de la causa judicial, el informe de deuda que obra a fs. 6 de donde surge la existencia de deudas anteriores a la fecha de subasta y toma de posesión, corresponderá hacer lugar a lo peticionado por el contribuyente. El comprador en remate judicial tiene derecho a que se le transmita el bien adquirido libre de carga obligacional y privilegio alguno derivado de gravámenes, impuestos y tasas existentes a la fecha en que adquiere la posesión. Tales deudas no se extinguen sino que sólo se cancelan respecto del adquirente, sin perjuicio de que aún subsistan exclusivamente en cabeza del anterior propietario (arg. Cám.Civ.Com. de Junin, sent. 31.08.2006, en autos “Banco Francés s.a. c/Garro, Carlos Horacio y Schublin Sandra E. s/Ejecución hipotecaria”). En razón de ello, la deuda que figura en el sistema RAFAM por períodos anteriores a la fecha donde se otorgara la posesión 03.07.2009, conforme surge la documental adjunta, deberá suprimirse de la partida en cuestión y colocarse en la cuenta corriente en cabeza de la Sra. Vargas, Romelia. Asimismo, entiendo que corresponderá modificar del sistema la titularidad del inmueble referido, colocando al Sr. Martino Claudio Alejandro como tal. En atención a lo expuesto y si el D.E. comparte mi opinión, entiendo que deberá dictarse el acto administrativo de rigor en el sentido propuesto. Para la continuidad del trámite, pase a la Dirección de Despacho y Digesto. DIRECCION DE APREMIOS, diciembre 17 de 2019. Firmado: Marcelo Vampa. Director de Apremios. Municipalidad de Brandsen”;
Que por razón de lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo de rigor;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Libérese la deuda que surge respecto del inmueble Pda. Nº 16096 por los motivos expuestos en los considerandos.-
ARTÍCULO 2º.- Suprímase la deuda que surge del sistema RAFAM del inmueble referido en el art. 1°, por periodos anteriores a la fecha 03.07.2009, la cual debe ser colocada en la cuenta corriente en cabeza de la Sra. Vargas Romelia.-
ARTÍCULO 3º.- Modifíquese la titularidad de los inmuebles referidos en el art. 1°, siendo el Sr. Claudio Alejandro Martino DNI 24.781.540, quien deberá figurar.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y de Hacienda y Administración.-
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-