Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 27/2020
Adolfo Gonzales Chaves, 08/01/2020
Visto
La nota remitida por la ASOCIACION CIVIL ESCUELA EQUINOTERAPIA DE ADOLFO GONZALES CHAVES agregada a fojas 28 del Expediente 4055-100-2018, solicitando un Subsidio destinado a solventar gastos generales de la citada Institución; y
Considerando
Que existen recursos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo – Ley 26075;
Que a fojas 30/31 se agregó informe de Contaduría Municipal;
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Otórgase a la ASOCIACION CIVIL ESCUELA EQUINOTERAPIA DE ADOLFO GONZALES CHAVES, un Subsidio de Pesos SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SESENTA y SEIS con 56/100 ($728.566,56.-) que será abonado en doce (12) cuotas mensuales, de la siguiente manera:
Pesos Veintiséis Mil Seiscientos Treinta y Ocho con 88/100 ($26.638,88.-) en el mes de
Enero de 2020;
Pesos Treinta y Seis Mil Quinientos Treinta y Ocho con 88/100 ($ 36.538,88.-) en el
mes de Febrero de 2020;
Pesos Sesenta y Seis Mil Quinientos Treinta y Ocho con 88/100 ($66.538,88.-) a partir
del mes de Marzo hasta Diciembre de 2020, inclusive; El monto mencionado será destinado a afrontar gastos que hacen al funcionamiento de la mencionada Institución y brindar una mejor calidad de vida a los niños que concurren a realizar actividades a la misma.-
ARTICULO 2º.- La Entidad beneficiaria deberá rendir cuentas mensualmente ante la Contaduría Municipal, con documentación fehaciente que acredite la correcta utilización de los fondos recibidos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 276° de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 3º.- El Subsidio acordado por el artículo 1° deberá efectuarse con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente
Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente
Fuente de Financiamiento: 132 De Origen Provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.8.0 Transferencias para el aprendizaje, enseñanza e investigación
ARTICULO 4º.- Tome razón Contaduría y Tesorería; cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-