Boletines/Daireaux
Decreto Nº 0051/2020
Daireaux, 10/01/2020
AUTOIZA DESTREZAS CRIOLLAS
Visto
La nota presentada ante la Secretaria de Gobierno por las autoridades de la entidad denominada “Comisión de Apoyo al Campo de Jineteada Agrupación La Amistad”, y
Considerando
Que por la referida nota solicitan autorización para llevar a cabo un evento de “Prueba de Riendas, Prueba de Rastrin, Destreza, Sortija, Tacuara Destrezas con Muñeco, bailanta, etc.”, el día 12 de Enero de 2020 en el Campo de Doma de “Agrupación La Amistad”, sito en el predio de la Quinta Municipal;
Que la Ordenanza Nº 269/90 establece en su Artículo 1º que solo podrán organizar espectáculos o actos abiertos al público en general las entidades de Bien Público registradas como tal en esta Municipalidad;
Que la Entidad antes mencionadas se encuentran inscriptas en el Registro Mpal. de Entidades de Bien Público, cumpliendo en tiempo y forma con la presentación de la documentación respectiva, tal surge de la certificación extendida por el Registro de Entidades de Bien Público;
Que las Entidades organizadoras deberán contar con la asistencia del poder de policía, como así también a todo aquel servicio que resulta pertinente para otorgar la cobertura necesaria al público asistente, debiendo cumplir con lo establecido en la Ley 11.825 y concordantes (“Articulo 5º. Dispónese la prohibición de venta, expendio y/o suministro a cualquier título, de “bebidas alcohólicas en los lugares donde se efectúen eventos de convocatoria masiva y dentro de “un radio de 200 metros de dichos lugares, una hora antes y hasta una hora después del horario de “desarrollo del mismo….”);
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Autorizase a la Entidad denominada “Comisión de Apoyo al Campo de Jineteada Agrupación La Amistad”, a realizar un evento de “Prueba de Riendas, Prueba de Rastrin, Destreza, Sortija, Tacuara Destrezas con Muñeco, bailanta, etc.”, el dia 12 de Enero de 2020 en el campo de doma de ésta última institución sito en el predio de la quinta municipal.
ARTICULO 2º. Las entidades organizadoras asumen bajo su total responsabilidad todo riesgo que el evento pudiera ocasionar debiendo a tal efecto suscribir una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, como así también requerir la asistencia del Personal de Policía y Asistencia Sanitaria a fin de prevenir accidentes, debiendo cumplir con lo establecido en la Ley 11.825 referente a la prohibición de venta de bebidas alcohólicas.
ARTICULO 3º. Finalizado el evento las Instituciones Organizadoras deberán presentar en el plazo de quince (15) dias, el Balance resultante del Evento ante este Departamento Ejecutivo, la falta de presentación del mismo limita el otorgamiento de autorización para la realización de algún evento posterior.
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.