Boletines/Tandil
Decreto Nº 1069/2020
Tandil, 30/04/2020
Visto
El acuerdo arribado en fecha 28/04/2020 con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil, mediante el cual se convino el otorgamiento de una bonificación en el marco de las negociaciones paritarias salariales del año 2020 y la coyuntura general enmarcada por la pandemia COVID-19.
Considerando
Que resulta necesario establecer los parámetros para el otorgamiento del mismo.
Que resulta necesario el dictado de este acto administrativo.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Otorgase a la planta de trabajadores municipales de la Municipalidad de Tandil y del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado comprendidos en el CCT 9/19, una bonificación excepcional y extraordinaria no remunerativa no bonificable en la suma fija de pesos dos mil ($ 2.000,00) pagaderos con la liquidación del mes de abril.
Artículo 2°: La bonificación otorgada en el artículo precedente, expresamente excluye a: Intendente; Secretarios; Subsecretarios; Directores; Delegados; Coordinadores; Concejales; Cargos de ley (art. 8 CCT nº 9/19); agentes comprendidos en el CCT n° 945/08; agentes pertenecientes al régimen de la Ley 14.126; agentes acogidos a los beneficios jubilatorios.
Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Oficial”, remítase copia al Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil. Tomen nota Jefatura de Gabinete de Secretarios, Sistema Integrado de Salud Pública, Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, Dirección de Presupuesto y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.
Firma Digital: Miguel Angel Lunghi (Secretario) - Miguel Angel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia