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Decreto Nº447/2020

Decreto Nº 447/2020

Tandil, 20/02/2020

Visto

Lo dispuesto por los artículos 6º, 87º y 90º inciso 6) de la Ordenanza Fiscal vigente y el Decreto Nº 418/2008. 

Considerando

Visto que por las actuaciones de referencia, se ha comprobado la inexistencia de la actividad económica del local sito en SAENZ PEÑA 531, cuyo supuesto titular era FERRER JOSE MIGUEL, debido a no estar alcanzado/a por la obligación de habilitar en el marco de la Ordenanza 15810 y su reglamentación.
 

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

 


 

Artículo 1°: Anúlese de oficio como contribuyente de la Tasa Unificada de Actividades Económicas en el marco de lo dispuesto por los artículos 87º y 90º inciso 6) de la Ordenanza Fiscal vigente, al titular del comercio que se detalla a continuación:

Titular: FERRER JOSE MIGUEL
Cuenta: 31573000
Domicilio Comercial: SAENZ PEÑA 531  TANDIL
CUIT 20053861289
Rubro: 523390 VENTA AL POR MENOR DE PRENDAS Y ACCESORIOS DE VESTIR N.C.P. EXCEPTO CA 



Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Ingresos Públicos quien notificará al contribuyente, Unidad de Habilitaciones, Dirección General de Inspección y Habilitaciones, y oportunamente archívese.

 

 

Claudio Alberto Biset  (Secretario)                                  -   Miguel Angel Lunghi (Intendente)

 Secretaria de Economía y Administración                        -                     Intendencia