Boletines/Tandil
Decreto Nº 442/2020
Tandil, 20/02/2020
Visto
Lo dispuesto por los artículos 6º, 87º y 90º inciso 6) de la Ordenanza Fiscal vigente y el Decreto Nº 418/2008.
Considerando
Visto que por las actuaciones de referencia, se ha comprobado la inexistencia de la actividad económica del local sito en 9 DE JULIO 643, cuyo supuesto titular era IBS DESARR. URBANOS DEL SUR SA, debido a no estar alcanzado/a por la obligación de habilitar en el marco de la Ordenanza 15810 y su reglamentación.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Anúlese de oficio como contribuyente de la Tasa Unificada de Actividades Económicas en el marco de lo dispuesto por los artículos 87º y 90º inciso 6) de la Ordenanza Fiscal vigente, al titular del comercio que se detalla a continuación:
Titular: | IBS DESARR. URBANOS DEL SUR SA |
Cuenta: | 30777000 |
Domicilio Comercial: | 9 DE JULIO 643 TANDIL |
CUIT | 30711492913 |
Rubro: | 452100 CONSTRUCCION, REFORMA Y REPARACION DE EDIFICIOS RESIDENCIALES |
Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.
Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Ingresos Públicos quien notificará al contribuyente, Unidad de Habilitaciones, Dirección General de Inspección y Habilitaciones, y oportunamente archívese.
Claudio Alberto Biset (Secretario) - Miguel Angel Lunghi (Intendente)
Secretaria de Economía y Administración - Intendencia