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Decreto Nº442/2020

Decreto Nº 442/2020

Tandil, 20/02/2020

Visto

Lo dispuesto por los artículos 6º, 87º y 90º inciso 6) de la Ordenanza Fiscal vigente y el Decreto Nº 418/2008. 

Considerando

Visto que por las actuaciones de referencia, se ha comprobado la inexistencia de la actividad económica del local sito en 9 DE JULIO 643, cuyo supuesto titular era IBS DESARR. URBANOS DEL SUR SA, debido a no estar alcanzado/a por la obligación de habilitar en el marco de la Ordenanza 15810 y su reglamentación.
 

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A
 

 

Artículo 1°: Anúlese de oficio como contribuyente de la Tasa Unificada de Actividades Económicas en el marco de lo dispuesto por los artículos 87º y 90º inciso 6) de la Ordenanza Fiscal vigente, al titular del comercio que se detalla a continuación: 

 

Titular: IBS DESARR. URBANOS DEL SUR SA
Cuenta: 30777000
Domicilio Comercial: 9 DE JULIO 643 TANDIL
CUIT 30711492913
Rubro: 452100 CONSTRUCCION, REFORMA Y REPARACION DE EDIFICIOS RESIDENCIALES

 

Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Ingresos Públicos quien notificará al contribuyente, Unidad de Habilitaciones, Dirección General de Inspección y Habilitaciones, y oportunamente archívese.

 

 

Claudio Alberto Biset  (Secretario)                                  -   Miguel Angel Lunghi (Intendente)

 Secretaria de Economía y Administración                        -                     Intendencia