Boletines/Tandil

Decreto Nº437/2020

Decreto Nº 437/2020

Tandil, 20/02/2020

Visto

 Lo dispuesto por los artículos 6º, 87º y 90º inciso 6) de la Ordenanza Fiscal vigente y el Decreto Nº 418/2008.
 

Considerando

Que por acta Nº 22201 de fecha 8 de mayo de 2019,  se ha comprobado el cese de la actividad económica del local sito en Paz Nº 571  con fecha de cese del 8 de mayo de 2019, cuyo titular es Lanza José Luís, sin que el mismo haya cumplido con la obligación fiscal de tramitar las baja respectiva (habiendo sido intimado).

Que de la documentación obrante surge que ha iniciado actividad bajo el código de rubro “Servicios de transmisión de radio y televisión” con fecha de inicio de actividades 1 de octubre de 2018.
 

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A
 

Artículo 1°: Dese de baja de oficio, como contribuyente de la Tasa Unificada de Actividades Económicas en el marco de lo dispuesto por los artículos 87º y 90º inciso 6) de la Ordenanza Fiscal vigente, al titular del comercio que se detalla a continuación: 

Titular: Lanza José Luís
Domicilio Comercial: Paz Nº 571
CUIM Asignado: 23-05384726
Cuenta TUAE 31200/000
Rubro: 642010 - Servicios de transmision de radio y televisión
Fecha Cese de Actividad: 8 de mayo de 2019

 

Artículo 2°: Intímase al contribuyente para que dentro de los diez (10) días de notificado,  realice las declaraciones juradas que se encuentren pendientes, de corresponder, y abone los gravámenes adeudados hasta la fecha de la comprobación del cese de actividades, con más los intereses y multas previstos en el artículo 43º de la Ordenanza Fiscal vigente y decretos reglamentarios. Cumplido dicho trámite se procederá a la determinación, liquidación y certificación de la deuda de Tasa Unificada de Actividades Económicas a fin de iniciar proceso de ejecución judicial de la misma.

Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Ingresos Públicos quien notificará al contribuyente, determinará y liquidará la deuda de Tasa Unificada de Actividades Económicas, Unidad de Habilitaciones, Dirección de Rentas y Finanzas quien certificará la deuda mencionada, Dirección General de Inspección y Habilitaciones quien realizará el retiro de certificado de habilitación de corresponder, y oportunamente archívese.

 

Claudio Alberto Biset  (Secretario)                                  -   Miguel Angel Lunghi (Intendente)

 Secretaria de Economía y Administración                        -                     Intendencia