Boletines/Tandil
Decreto Nº 690/2020
Tandil, 13/03/2020
Visto
El Decreto Nº 434/2020, que dispone la eximición en el marco de lo dispuesto por el artículo 18º del Capítulo XI “Preservación del Patrimonio Construido” de la Parte II “Normativa Reglamentaria” del Anexo A del Plan de Desarrollo Territorial del Municipio de Tandil (Ordenanza Nº 9865 y sus modificatorias), del inmueble ubicado en Constitución Nº 302 de Tandil,
Considerando
Que al respecto se ha expedido el Director de Rentas y Finanzas correspondiendo la vigencia de la eximición referida a partir del 1º de julio de 2019.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Modifícase el Artículo 2º del Decreto Nº 434/2020, que quedará redactado de la siguiente forma:
"Artículo 2º: El beneficio otorgado tendrá vigencia a partir del 01 de julio de 2019 y mientras cumpla con las exigencias previstas para su protección."
Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Dirección de Obras Públicas, Dirección de Desarrollo Urbano, Departamento de Obras Privadas, Subsecretaría de Cultura y Educación, Comisión Permanente de Defensa del Patrimonio Cultural y Natural de Tandil, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Claudio Alberto Biset (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaria de Economía y Administración - Intendencia