Boletines/Tandil
Decreto Nº 660/2020
Tandil, 10/03/2020
Visto
Los autos caratulados “GOMEZ JACINTO HORACIO C/ MUNICIPALIDAD DE TANDIL S/PRETENSION ANULATORIA - EMPLEO PÚBLICO” (Expte. C-5847-AZ1)”, en trámite ante la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad de Mar del Plata en su carácter de Alzada departamental del Juzgado de dicho fuero sito en la ciudad de Azul;
Considerando
Que en dichos autos, en fecha 5 de noviembre de 2019, la Cámara resolvió lo siguiente: “en atención a la importancia de los trabajos realizados ante esta alzada (recurso de fs. 249/261), los estipendios regulados en la instancia de grado y el resultado obtenido en el pronunciamiento de Cámara, se fijan -a cargo de la Municipalidad demandada- los honorarios de EDUARDO OSVALDO CARBONETTI [letrado del actor] en la suma de pesos CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS ($ 47.900,00), con más los aportes de ley (arts. 1, 10, 16, 22, 31 in fine, 44 y cctes. del dto. ley 8904/77 aplicable al caso según doct. S.C.B.A. causa I. 73.016 "Morcillo", res. de 8-11-2017; arts. 12 y 16 de la ley 6716) e I.V.A. si correspondiere.”
Que con fecha 14/11/2019, la Municipalidad de Tandil fue notificada de la resolución citada precedentemente.
Que al respecto se ha expedido la Contadora General y el Director de Presupuesto.
Que la Secretaría Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Autorízase a Contaduría General a extender orden de pago por la suma total de depositar en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal 6304, en la cuenta judicial Nro. 027-0513097/8 CBU 0140433727630451309781, la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA CON CERO CENTAVOS ($52.690,00), correspondiente a los autos caratulados “GOMEZ JACINTO HORACIOC/ MUNICIPALIDAD DE TANDIL S/PRETENSION ANULATORIA – EMPLEO PÚBLICO” (Expte. C-5847-AZ1)”, según el siguiente detalle:
Apellido y Nombre |
CUIT |
Importe
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Dr. Eduardo Osvaldo Carbonetti |
20-16482933-3 |
$ 47.900,00
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Aportes de Ley |
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$ 4.790,00
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TOTAL $ 52.690,00
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Artículo 2°: La erogación será imputada a la partida 3.4.3.0. “Servicios técnicos y Profesionales – Jurídicos”, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. – Administración Municipal, 1.1.1. – Administración Central, 1.1.1.01. – Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.10. – Secretaría Legal y Técnica, Actividad 01 – Administración y Coordinación, del Presupuesto de Gastos vigente para el ejercicio en curso.
Artículo 3°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario Legal y Técnico.
Artículo 4°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Presupuesto que dotará de fondos la Partida Presupuestaria, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Andrés Curcio (Secretario) - Miguel Angel Lunghi (Intendente)
Secretaría Legal y Técnica - Intendencia