Boletines/Chascomús

Decreto Nº647/17

Decreto Nº 647/17

Chascomús, 25/07/2017

PROVISIONAL ESCUELA MUNICIPAL Nº 2

Visto

La necesidad de designar personal Provisional en la Escuela Primaria Municipal N° 2 “Hipólito Bouchard”; y 

Considerando

Que tales designaciones cubren necesidades en áreas educativas;

POR ELLO EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

ARTICULO 1º.- Desígnese como PROVISIONAL en la Escuela Primaria N° 2  Municipal “Hipólito Baouchard” a las siguientes docentes:

  • GUTIERREZ, Patricia del Carmen, DNI 20.961.223, en 10 (diez) horas de Computación, tomadas por Listado Oficial, desde el 06/03/2017 hasta el 28/02/2018, en aplicación del Decreto 310/2017.-
  • FERRARI, Daniela Inés, DNI 32.279.571, en 06 (seis) horas de Teatro, tomadas por Listado Oficial, desde el 01/03/2017 hasta el 28/02/2018, en aplicación del Decreto 310/2017.-.-
  • VIEIRA, Sergio, DNI 29.182.254, en 02 (dos) horas de Computación, tomadas por Listado de Difícil Cobertura, desde el 10/03/2017 hasta el 28/02/2018, en aplicación del Decreto 310/2017.-
  • GUTIERREZ, Patricia del Carmen, DNI 20.961.223, en 02 (dos) horas de Computación, tomadas por Listado Oficial, desde el 17/03/2017 hasta el 28/02/2018, en aplicación del Decreto 310/2017.-
  • VIEIRA, Sergio, DNI 29.182.254, en 02 (dos) horas de Computación, tomadas por Listado de Difícil Cobertura, desde el 17/03/2017 hasta el 28/02/2018, en aplicación del Decreto 310/2017.-
  • ROLÓN, Natalia, DNI 29.182.367, en 02 (dos) horas de Educación Física, tomadas por Listado Oficial, desde el 07/04/2017 hasta el 28/02/2018, en aplicación del Decreto 310/2017.-

ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior,  mpútese a la Partida 1110113000 Categoría Programática 34.03.00  del gasto que corresponda.-

ARTICULO 3º.- Notifíquese a Secretaria Privada, Dirección de Educación,   Contaduría, Dirección de Recursos Humanos, Escuela Primaria Municipal N° 2 “Hipólito Bauchard”, agente y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno, de Hacienda y la Señora Secretaria de Desarrollo Social.-

ARTICULO 5º.- Cúmplase,  publíquese,  dése  al  Registro  Municipal  y  archívese.-