Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 541/20
Nueve de Julio, 01/04/2020
DESMALEZADO. PERMISO.
Visto
Las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación respecto la presencia del mosquito Aedes aegypti, causante de Dengue.
El DECNU-2020-297-APN-PTE – Disposiciones y el DECTO-2020-533-E-MUNINUE-INT - COVID-19. ADHESIÓN. REGLAMENTACIONES.
Considerando
Que el Ministerio de Salud de La Nación , en su página oficial, informa que las excesivas malezas son un ambiente ideal para el refugio del Aedes aegypti, mosquito que causa dengue.
Que el artículo 6° DECNU-2020-297-APN-PTE – Disposiciones y el artículo 3° del DECTO-2020-533-E-MUNINUEINT - COVID-19. ADHESIÓN. REGLAMENTACIONES exceptúa del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.
Que es menester de este Municipio fortalecer la prevención y la Salud como bien fundamental del la comunidad.
Por ello, el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones, DECRETA:
Artículo 1°:Declárese -mientras persista el estado de emergencia- como servicio esencial la actividad de desmalezado realizado por terceros en todo el Partido de Nueve de Julio.
Artículo 2°: El horario permitido para ejecutar la actividad de desmalezado realizada por terceros es de 08:00 a 18:00 horas, los siete días de la semana.
Artículo 3°: Establéscase que para desarrollar la actividad y circular por la vía pública, la previa solicitud del "permiso para actividad de desmalezado" el cual se tramitará a través de la página web del Municipio (https://www.9dejulio.gov.ar) o personalmente ante la Oficina de Empleo del Municipio y deberá ser presentado ante las autoridades que lo requieran.
Artículo 4°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 5°: Dese amplia difusión, comuníquese y regístrese.