Boletines/Nueve de Julio

Decreto Nº541/20

Decreto Nº 541/20

Nueve de Julio, 01/04/2020

DESMALEZADO. PERMISO.

Visto

Las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación respecto la presencia del mosquito Aedes aegypti, causante de Dengue.

El DECNU-2020-297-APN-PTE – Disposiciones y el DECTO-2020-533-E-MUNINUE-INT - COVID-19. ADHESIÓN. REGLAMENTACIONES.

Considerando

Que el Ministerio de Salud de La Nación , en su página oficial, informa que las excesivas malezas son un ambiente ideal para el refugio del Aedes aegypti, mosquito que causa dengue.

Que el artículo 6° DECNU-2020-297-APN-PTE – Disposiciones y el artículo 3° del DECTO-2020-533-E-MUNINUEINT - COVID-19. ADHESIÓN. REGLAMENTACIONES exceptúa del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.

Que es menester de este Municipio fortalecer la prevención y la Salud como bien fundamental del la comunidad.

Por ello, el Intendente Municipal en uso de sus atribuciones, DECRETA:

Artículo 1°:Declárese -mientras persista el estado de emergencia- como servicio esencial la actividad de desmalezado realizado por terceros en todo el Partido de Nueve de Julio.

Artículo 2°: El horario permitido para ejecutar la actividad de desmalezado realizada por terceros es de 08:00 a 18:00 horas, los siete días de la semana.

Artículo 3°: Establéscase que para desarrollar la actividad y circular por la vía pública, la previa solicitud del "permiso para actividad de desmalezado" el cual se tramitará a través de la página web del Municipio (https://www.9dejulio.gov.ar) o personalmente ante la Oficina de Empleo del Municipio y deberá ser presentado ante las autoridades que lo requieran.

Artículo 4°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 5°: Dese amplia difusión, comuníquese y regístrese.