Boletines/Vicente López
Decreto Nº 1579/20
Vicente López, 02/04/2020
CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4119-006128/2019
Visto
las ofertas presentadas en el Ilamado a Licitación Pública Nº 14 dispuesto por Decreto Nº 5639/19 para Ia "ADQUISICION DE REACTIVOS Y EQUIPOS DE LABORATORIO, con destino a cubrir las necesidades del año 2020 de diversos efectores dependientes de Ia Secretaria de Salud", y
Considerando
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, el gobierno Nacional dispuso Ia ampliación de Ia emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541 por el término de un año, debido a Ia pandemia por Coronavirus (COVID-19) declarada por Ia Organización Mundial de la Salud con fecha 11 de marzo de 2020.
Que, en función de dicho Decreto, con fecha 19 de marzo de 2020 fue emitido el DNU Nº 297, a través del cual se estableció el aislamiento social, preventivo y obligatorio, al cual este Municipio adhirió en todos sus términos por conducto del Decreto Nº 1358 de fecha 20 de marzo de 2020.
Que, asimismo, a través del Decreto Nº 1318/2020, Ia Municipalidad de Vicente López adhirió al Decreto Provincial Nº 132 por el cual se declaró el estado de emergencia sanitaria en el ámbito de toda Ia Provincia de Buenos Aires, por el término de ciento ochenta dias.
Que Ia emergencia sanitaria declarada, denota una situación de suma gravedad y urgencia, en función de Ia cual los distintos estamentos del Estado se han encontrado en Ia necesidad de activar mecanismos jurídicos para proveer a su respuesta de manera inmediata, ello en miras al deber inalienable que los gobiernos tienen de proteger Ia salud pública.
Que Ia declaración de emergencia constituye el marco legal adecuado de justificación de las acciones que transitoriamente se Ileven a cabo a efectos de dar contención a esta situación de gravedad y urgencia inusitados.
Que, en este sentido, el Honorable Tribunal de Cuentas ha entendido viable Ia utilización del mecanismo de excepción previsto en el articulo 156 inciso 10) de Ia LOM para los casos de acreditada urgencia, extendiendo el mismo a Ia contratación de servicios que resulten indispensables.
Que en el presente procedimiento licitatorio, si bien para Ia mayoria de los items se obtuvo más de una oferta, en algunos se presentó solamente una cotización.
Que en el marco de Ia emergencia pública sanitaria declarada, resulta prioritario el abastecimiento de reactivos y equipos de laboratorlo a los distintos efectores de Salud de este Municipio.
Que, en esta inteligencia, corresponde adjudicar como excepción aquellos renglones en los cuales solo fue recibida una única oferta, Asi, Ia comuna podia valerse del procedimiento hasta aqul instado, compulsa mediante, y proceder a Ia adjudicación en virtud de Ia celeridad de trámite y del contexto de excepción de público conocimiento, en los términos de lo dispuesto por el decreto 1318/20.
Lo aconsejado por Ia Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudlo de Propuestas a fs. 1432/1434.
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:
DECRETA
ARTICULO 1º: ADJUDICAR a las firmas que a continuación se detallan y por los montos que en cada caso se indican Ia "ADQUISICION DE REACTIVOS Y EQUIPOS DE LABORATORIO, con destino a cubrir las necesidades del año 2020 de diversos efectores dependientes de Ia Secretaria de Salud", en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y a Ia planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 1432/1434.
| DOCTUS DIAGNOSTICO S.R.L. | $ 14.905.639,80 | |
| MEDI SISTEM S.R.L. | $ 85.638.359,90 | |
| WM ARGENTINA S.A. | $ 13.059.971,60 | |
| QUIMICA EROVNE S.A. | $ 9.394.935,48 | |
| $ 122.998.906,78 |
ARTICULO 2º: La suma de pesos ciento veintidos millones novecientos noventa y ocho mil novecientos seis con setenta y ocho centavos ($ 122.998.906,78), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nros. 1-61 y 1-2516 obrantes a fs. 180/206 y 1419/1426 respectivamente.
ARTICULO 3º: Las firmas adjudicatarias deberan presentar en Ia Direccion de Tesorería, en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total del mismo conforme lo dispuesto por el Articulo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTICULO 4º: Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Hacienda y Finanzas y de Salud.
ARTICULO 5º: Tomar conocimiento las Secretarias de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduria, Dirección de Compras y Licitaciones y Dirección de Tesoreria) y de Salud.
ARTICULO 6º: Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archívese.
Fdo: Macri- Alvarez- Tejo