Boletines/Vicente López

Decreto Nº1367/20

Decreto Nº 1367/20

Vicente López, 25/03/2020

CORRESPONDE A EXPEDIENTE N°4119-00520812019

Visto

el segundo llamado a Licitación Pública N° 83 dispuesto por Decreto N° 107/20 por el "SERVICIO DE OXIGENO MEDICINAL con destino a cubrir las necesidades del año 2020 de diversos efectores dependientes de la Secretaria de Salud", y

Considerando

Que conforme Acta de Apertura del segundo llamado a Licitación, obrante a fs. 241/2, la firma PRAXAIR ARGENTINA S.R.L. resultó ser único oferente.
Que a fs. 290/4 los diversos efectores, dependientes de la Secretaría de Salud solicitan su adjudicación.
Que según doctrina del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, obrante a fs.300/1, sobre la adjudicación de una Licitación Pública sin elevar dicha propuesta al HCD, en dicho caso no se presentó oferente alguno en el primer llamado y se procedió a un segundo llamado a los fines y efectos, resultando de este una única oferta, se expide manifestando la posibilidad de proceder en este caso a una compra directa, siendo similar a los hechos de las presentes actuaciones.
Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Estudio de Propuestas a fs. 307.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias:

DECRETA

ARTICULO 1º: ADJUDICAR a la firma PRAXAIR ARGENTINA S.R.L., por un monto total de Pesos ocho millones quinientos once mil ciento setenta y dos con cinco centavos ($8.511.172,05), por el "SERVICIO DE OXIGENO MEDICINAL con destino a cubrir las necesidades del año 2020 de diversos efectores dependientes de la Secretaria de Salud", con fundamento en lo previsto en el artículo 154º de la L.O.M. (Decreto Ley 6769/58 y sus modif.) y restantes consideraciones de mención exordial, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y a la planilla de detalle de preadjudicación de fs. 307.
ARTÍCULO 2º: La suma de Pesos ocho millones quinientos once mil ciento setenta y dos con cinco centavos ($8.511.172,05), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nro. 1-16 y 1-2128, obrantes a fs. 159 y 298 respectivamente.
ARTÍCULO 3º: La firma adjiJdicataria deberá presentar en la Dirección de Tesorería, en concepto de cumplimiento dé contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total del mismo conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 4º: Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.
ARTICULO 5º: Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Dirección Gral. de Contaduría, Dirección de Compras y Licitaciones y Dirección de Tesorería) y de Salud.
ARTICULO 6º: Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Macri- Tejo- Alvarez