Boletines/Tres Lomas
Decreto Nº 460
Tres Lomas, 12/12/2019
D E C R E T O Nº 460
Visto
El estado de avance en la construcción de 10 viviendas en el marco del denominado Programa Bonaerense II, que tramita por ante Expediente Administrativo N° 4126-5711/18 Alc. 7 en la ciudad de Tres Lomas y lo dispuesto mediante Ordenanza Nº 1218/18, y;
Considerando
Que a fin de dar cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza mencionada y encontrándose las viviendas en estado de ser entregadas, corresponde dictar el presente acto administrativo disponiendo publicar el listado de aspirantes conforme a la evaluación realizada por las áreas respectivas;
Que a tal fin corresponde instruir a Prensa Municipal para que se adopten las medidas que resulten necesarias para concretar la publicación del presente en las pizarras del Hall del Palacio Municipal;
Que habiéndose dado cumplimiento con los requerimientos dispuestos en la Ordenanza mencionada, evaluada la documentación presentada conjuntamente con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, corresponde dictar el presente acto administrativo disponiendo la publicación del listado de aspirantes;
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 8º de la Ordenanza marco y en caso de existir oposiciones a este listado provisorio, las mismas deberán ser presentadas en la Mesa General de Entradas de Municipio conforme el procedimiento establecido en este acto administrativo;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE TRES LOMAS
DECRETA
ARTICULO 1°: Publíquese por diez (10) días corridos el siguiente listado de aspirantes a las diez (10) Viviendas del Programa Bonaerense II construidas en la ciudad de Tres Lomas, el cual se adjunta a la presente como Anexo I.
ARTICULO 2°: Dentro del término de cinco (5) días de corridos, cualquier interesado podrá formular oposición al listado publicado. La presentación deberá ser presentada por ante la Mesa General de Entradas del Municipio, efectuarse por escrito, estar firmada y debidamente fundada, debiendo constituirse asimismo un domicilio especial a tal efecto.
ARTICULO 3°: Comuníquese, e instrúyase a Prensa Municipal para que se adopten las medidas que resulten necesarias para concretar la publicación de la presente Decreto en las pizarras del Hall del Palacio Municipal, dése razón al Honorable Concejo Deliberante, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Fdo. Roberto Alvarez, Intendente Municipal; Carlos Dreessen, Secretario General.-
ANEXO I
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