Boletines/Tres Lomas

Decreto Nº419

Decreto Nº 419

Tres Lomas, 01/11/2019

D E C R E T O  Nº 419

Visto

El Decreto N° 132/94 y sus modificatorias, y

Considerando

Que para la liquidación de viáticos, se hace necesario adecuar los montos previstos en un 5%, en concordancia con el aumento salarial otorgado;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TRES LOMAS

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Modifíquese el Artículo 2º del Decreto 132/94, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2º. El personal municipal que desempeñe tareas viales, que lo obliguen a pernoctar en campamentos y/o que se vea impedido de retornar a su domicilio para la hora del almuerzo o cena, percibirá en concepto de viático, sin cargo de reintegro, el equivalente a una cuarenta con siete avas partes (1/40,07) del sueldo asignado a la Categoría 6 del Escalafón Municipal”

a) Sueldo mensual, Categoría 6

$

17.057

b) Una cuarenta con siete avas partes (1/40,07)

$

425,68

ARTICULO 2º: Modifíquese el Artículo 2º bis del Decreto 132/94, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 2° bis: El personal no comprendido en las disposiciones del Art. 2º,  percibirá en concepto de viático, sin cargo de reintegro, el equivalente a una cuarenta con siete avas partes (1/40,07) del sueldo asignado a la Categoría 11 del Escalafón Municipal, ajustado por los coeficientes que para cada caso se indica:

a) Sueldo mensual, Categoría 11

$

20.061

b) Una cuarenta con siete avas partes (1/40,07)

$

500,65

c) Coeficiente de ajuste:

 

 

1. Personal Superior y Jerárquico

 

3.5

2.Personal Profesional, Administrativo, de Servicio y Personal Obrero

 

3

ARTICULO 3º: Notifíquese, dése razón a Contaduría y al Honorable Concejo Deliberante, insértese en el Registro Oficial y archívese.-

Fdo. Roberto Alvarez, Intendente Municipal; Carlos Dreessen, Secretario General.-