Boletines/Tres Lomas
Decreto Nº 381
Tres Lomas, 27/09/2019
D E C R E T O Nº 381
Visto
El Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social de la Pcia. de Bs. As. y esta Municipalidad de Tres Lomas, para implementar el Programa de “Responsabilidad Social Compartida Envión”, y
Considerando
Que el objetivo del Programa es brindar apoyo a jóvenes de doce a veintiún años en situación de vulnerabilidad, para el desarrollo de sus capacidades, fortaleciendo sus vínculos con la sociedad y permitiendo su integración laboral e inserción a la educación;
Que en cumplimiento del acuerdo suscripto, el Gobierno Provincial ha enviado a este Municipio los fondos correspondientes;
Que en consecuencia, corresponde hacer efectivo el pago de $ 7.600,00 al Trabajador Social, Sr. Franco Pérez; $ 7.600,00 al Trabajador Social Maximiliano Sei; $ 2.000,00 al Sr. García; Nicolás, a cargo del Taller de Deportes; $ 2.500,00 a la Sra. Bragagnolo, Liliana quien tuvo a su cargo el Taller de Dibujo y $ 2.100,00 al Sr. Bustos, Nahuel, a cargo del Taller de Música;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TRES LOMAS
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Abonar a cada una de las personas que a continuación se detallan, el importe que en cada caso se indica, en razón de lo expuesto en los considerandos precedentes:
Equipo Técnico:
PEREZ, FRANCO, D.N.I. Nº 29.366.772: PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS ($7.600,00).-
SEI, MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 34.534.443: PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS ($7.600,00).-
Talleristas:
GARCIA, NICOLAS, D.N.I. Nº 33.551.987: PESOS DOS MIL ($ 2.000,00).-
BRAGAGNOLO, LILIANA, D.N.I. Nº 17.714.952: PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500,00).-
BUSTOS, NAHUEL, D.N.I. Nº 32.421.017: PESOS DOS MIL CIEN ($ 2.100,00).-
ARTICULO 2º: La erogación correspondiente al “Equipo Técnico” dispuesta precedentemente, se imputará presupuestariamente a la Jurisdicción 1110112000 – SECRETARIA DE POLITICAS DE DESARROLLO SOCIAL Y SALUD - Programa 24 – Subsidios Provinciales de Desarrollo Social – 05 - PROGRAMA ENVION – Cuenta Ingreso Nº 11-41-200, y el gasto derivado del pago a los “Talleristas”, se imputará presupuestariamente a FONDO EDUCATIVO – Ley 26.075 – Cuenta Ingreso Nº 11-41-400.-
ARTICULO 3º: Notifíquese, dése razón a Contaduría y al Honorable Concejo Deliberante, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Fdo. Roberto Alvarez, Intendente Municipal; Carlos Dreessen, Secretario General.-