Boletines/Tres Lomas
Decreto Nº 271
Tres Lomas, 11/07/2019
D E C R E T O Nº 271
Visto
El Decreto N° 132/94 y sus modificatorias, y
Considerando
Que para la liquidación de viáticos, se hace necesario adecuar los montos previstos en un 10%, en concordancia con el aumento salarial otorgado;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TRES LOMAS
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Modifíquese el Artículo 2º del Decreto 132/94, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2º. El personal municipal que desempeñe tareas viales, que lo obliguen a pernoctar en campamentos y/o que se vea impedido de retornar a su domicilio para la hora del almuerzo o cena, percibirá en concepto de viático, sin cargo de reintegro, el equivalente a una cuarenta con siete avas partes (1/40,07) del sueldo asignado a la Categoría 6 del Escalafón Municipal”
a) Sueldo mensual, Categoría 6 |
$ |
14.768 |
b) Una cuarenta con siete avas partes (1/40,07) |
$ |
368,56 |
ARTICULO 2º: Modifíquese el Artículo 2º bis del Decreto 132/94, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2° bis: El personal no comprendido en las disposiciones del Art. 2º, percibirá en concepto de viático, sin cargo de reintegro, el equivalente a una cuarenta con siete avas partes (1/40,07) del sueldo asignado a la Categoría 11 del Escalafón Municipal, ajustado por los coeficientes que para cada caso se indica:
a) Sueldo mensual, Categoría 11 |
$ |
17.369 |
b) Una cuarenta con siete avas partes (1/40,07) |
$ |
433,47 |
c) Coeficiente de ajuste: |
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1. Personal Superior y Jerárquico |
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3.5 |
2.Personal Profesional, Administrativo, de Servicio y Personal Obrero |
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3 |
ARTICULO 3º: Notifíquese, dése razón a Contaduría y al Honorable Concejo Deliberante, insértese en el Registro Oficial y archívese.-
Fdo. Roberto Alvarez, Intendente Municipal; Carlos Dreessen, Secretario General.-