Boletines/Tandil

Decreto Nº385/2020

Decreto Nº 385/2020

Tandil, 13/02/2020

Visto

Que la Sra. Graciela Liliana Fernández – D.N.I. 12.314.159, en su carácter de titular del automotor dominio FYJ574, con domicilio en calle 4 de Abril Nº1249 de la localidad de Tandil, ha solicitado la exención del pago en concepto de Impuesto a los Automotores en el marco del Código Fiscal, dado que el mismo está afectado al traslado de su esposo, Julio Alberto Viscay – DNI 11.268.312, el cual presenta una discapacidad. 

Considerando

Que el artículo 243º inciso f) del Código Fiscal - Ley Nº 10397 (Texto ordenado 2011) y modificatorias, y la Resolución Normativa Nº 47 del 22 noviembre de 2012 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, contemplan el beneficio solicitado. Que el artículo 55º de la Ley Nº 13850 establece que los Municipios deberán resolver las solicitudes de exención del tributo respecto de los vehículos transferidos, según lo previsto en la Ley Nº 13010. Que con la documentación presentada se han cumplido los requisitos para que proceda la exención.
 

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

 

Artículo 1º: Declárase exento del pago en concepto de Impuesto a los Automotores al dominio FYJ574 propiedad de la  Sra. Graciela Liliana Fernández – D.N.I. 12.063.338, a partir del 04/01/2020 hasta el 04/07/2020, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 243º inciso f) del Código Fiscal vigente.

Artículo 2º: La exención tendrá vigencia mientras no se modifique el destino, afectación o condiciones de su procedencia, de acuerdo al artículo 110º del Código Fiscal vigente.

Artículo 3º: El titular del dominio deberá comunicar a la Dirección de Rentas y Finanzas del Municipio, cualquier cambio en su situación que pudiera dar origen a hechos imponibles o modificar o extinguir los existentes, dentro de los quince (15) días de verificado el mismo, conforme lo dispuesto por el artículo 34º inciso b) del Código Fiscal vigente.

Artículo 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.

Artículo 5º: Regístrese y con copia del presente notifíquese a la parte interesada, dese al Boletín Municipal, tomen nota la Dirección de Rentas y Finanzas, Contaduría General, y oportunamente archívese.

 

Claudio Alberto Biset  (Secretario)                                  -   Miguel Angel Lunghi (Intendente)

 Secretaria de Economía y Administración                        -                     Intendencia