Boletines/Tandil
Decreto Nº 377/2020
Tandil, 13/02/2020
Visto
La facultad que confiere a este Departamento Ejecutivo el Artículo 17º de la Ordenanza Nº 16.777 en vigencia, de conformidad a lo prescripto en el Artículo 119º de la Ley Orgánica Municipal, y con las limitaciones establecidas por los Arts. 121º de la L.O.M. y 75º a 79º concordantes del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, con relación a las transferencias de créditos presupuestarios.
Considerando
Lo informado al respecto por la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat.
Por ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: Reformúlese el Presupuesto de Gastos vigente conforme al detalle de aumentos y disminuciones consignado en el Anexo A que forma parte del presente.
Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.
Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Presupuesto y oportunamente pase a "Guarda Temporal".
Claudio Alberto Biset (Secretario) - Miguel Angel Lunghi (Intendente)
Secretaria de Economía y Administración - Intendencia