Boletines/Tandil

Decreto Nº377/2020

Decreto Nº 377/2020

Tandil, 13/02/2020

Visto

La facultad que confiere a este Departamento Ejecutivo el Artículo 17º de la Ordenanza Nº 16.777 en vigencia, de conformidad a lo prescripto en el Artículo 119º de la Ley Orgánica Municipal, y con las limitaciones establecidas por los Arts. 121º de la L.O.M. y 75º a 79º concordantes del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, con relación a las transferencias de créditos presupuestarios.
 

Considerando

Lo informado al respecto por la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat.
 

 

Por ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1º: Reformúlese el Presupuesto de Gastos vigente conforme al detalle de aumentos y disminuciones consignado en el Anexo A que forma parte del presente.

Artículo 2°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Economía y Administración.

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración,   Dirección de Presupuesto  y oportunamente pase a "Guarda Temporal".
 

 

Claudio Alberto Biset  (Secretario)                                  -   Miguel Angel Lunghi (Intendente)

Secretaria de Economía y Administración                         -                     Intendencia