Boletines/Tandil

Decreto Nº586/2020

Decreto Nº 586/2020

Tandil, 05/03/2020

Visto

El acta acuerdo suscripta el 17 de diciembre de 2008 entre el Sindicato de Trabajadores Municipales de Tandil y el Departamento Ejecutivo Municipal; y

Considerando

Que en la misma se establecen las pautas laborales y económicas bajo las cuales habrá de efectuarse la recolección de residuos en días feriados.

Lo establecido la Ley Nacional nº 27.399.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

DECRETA

Artículo 1º: Establézcanse los nueve feriados de alcance nacional, provincial y/o local, que serán trabajados por el personal afectado a la recolección de residuos domiciliarios sin percibir remuneración adicional durante el año 2020:

Día Feriado

Día no laborable

Conmemoración

24 de marzo

24 de marzo

Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia

 

 

Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de

02 de abril

02 de abril

Malvinas

 

 

 

 

25 de mayo

25 de mayo

Día de la Revolución de Mayo

 

17 de junio

15 de junio

Paso  a  la  inmortalidad  del  Gral.  Martín  Miguel de

 

Güemes

 

 

 

 

09 de julio

09 de julio

Día de la Independencia

 

17 de agosto

17 de agosto

Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín

 

12 de octubre

12 de octubre

Día del Respeto a la Diversidad Cultural

 

20 de noviembre

23 de noviembre

Día de la Soberanía Nacional

 

08 de diciembre

08 de diciembre

Día de la Inmaculada Concepción de María

 

Artículo 2º: Por los feriados y/o asuetos que resten y en los cuales el Departamento Ejecutivo disponga que se efectúe la recolección de residuos, se abonará al personal afectado una suma equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico de la categoría inferior (1) del Agrupamiento Obrero por cada día efectivamente trabajado. El pago se efectivizará mediante depósito en la cuenta haberes de cada agente, dentro de las setenta y dos horas hábiles posteriores al feriado.

Artículo 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 4º: Regístrese; notifíquese; tomen conocimiento Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas; Contaduría General, Delegación María Ignacia (Vela), Dirección General de Servicios Urbanos y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo.

 

Firma Digital: Miguel Angel Lunghi  (Secretario)          -   Miguel Angel Lunghi (Intendente)

                                Secretaría de Gobierno                     -                     Intendencia