Boletines/Tandil
Decreto Nº 733/2020
Tandil, 14/03/2020
Visto
Lo dispuesto por la Ordenanza Impositiva, Art. 3º Punto 6), la Ordenanza Fiscal y lo establecido por el Plan de Desarrollo Territorial del Partido de Tandil, La Ordenanza 13826 y modificatoria
Considerando
La solicitud presentada por el Sr. Magnasco Atilio – CUIM 20-10418236, en carácter de titular del inmueble identificado catastralmente como Circ. 1 Secc F Manz 269 Parc 2
Que la parcela baldía se encuentra ubicada en zona rural según el PDT
La valuación actualizada del bien mencionado, determinada por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires
El informe formulado al respecto por la Dirección de Rentas y Finanzas,
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
DECRETA
Artículo 1º: Autorízase a la Dirección de Rentas y Finanzas a reducir en un 50 % la alícuota correspondiente al cálculo de las tasas Retributiva de Servicios, Protección Ciudadana, Fondo de Inversión Vial y Tasa para la Salud, correspondiente al inmueble identificado catastralmente como Circ. 1 Secc F Manz 269 Parc 2 – Cuenta TRS 39.775/000, en el marco de lo dispuesto por el art. 3º 6) de la Ordenanza Impositiva vigente
Artículo 2:- Autorízase a la Dirección de Rentas y Finanzas a reducir en un 50 % los importes devengados de las tasas mencionadas desde el 01/01/2016 al 30/06/2018, según lo dispuesto mediante el artículo precedente.
Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía y Administración.
Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Dirección de Rentas y Finanzas, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Claudio Alberto Biset – Secretario – Secretaría de Economía y Administración - Miguel Angel Lunghi - Intendente – Intendencia.