Boletines/Tandil

Decreto Nº559/2020

Decreto Nº 559/2020

Tandil, 02/03/2020

Visto

La Licitación Pública Nº 30-02-19 “Demolición y ejecución de losas para bocas de registro existentes en Barrio Maggiori y zonas varias”;

Considerando

Que mediante Decreto Nº 1455/2019 se procedió a la adjudicación a la firma TREGAR INGENIERIA S.R.L.

Que la empresa presenta pedido de redeterminación o actualización de precios de los certificados de obra Nº 1; 2; 3 y 1b.

Que conforme al pliego de Bases y Condiciones de la Licitación la redeterminación de precios no se encuentra contemplada.

Que la Asesoría Legal y Técnica se expide manifestando que la Teoría de la Imprevisión contractual resulta factible de aplicación para la solicitud de adecuación de precios solicitada por la empresa.

Que el Gerente Técnico de Obras Sanitarias eleva estructura de ponderación de insumos principales autorizada e informa cumplimiento del plazo contractual.

Que el área Gestión de Procesos ha intervenido concluyendo sobre la factibilidad de adecuar los precios del contrato a partir del certificado de obra Nº 5 correspondiente al mes de septiembre de 2019.

Que ha tomado intervención la Contaduría General, Presupuesto y la Secretaria de Economía y Administración.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
DECRETA

Artículo 1º: Adecúase el valor de la Licitación Pública Nº 30-02-19 “Demolición y ejecución de losas para bocas de registro existentes en Barrio Maggiori y zonas varias”; adjudicada a la firma INGENIERIA TREGAR S.R.L. por el monto total de pesos un millón doscientos nueve mil ciento diecinueve con treinta y nueve centavos ($1.209.119,39).

Artículo 2º: Establécese, por aplicación del Artículo 1° del presente Decreto, el valor de la adecuación en Pesos treinta y un mil ochocientos sesenta y nueve con treinta y nueve centavos ($ 31.869,39).

Artículo 3º: El valor determinado en el Artículo 1° se aplicará a partir del Certificado de Obra y Acta de Medición N° 5 correspondiente al mes de septiembre.

Artículo 4º: La erogación a producirse será apropiada a la partida designada por la Dirección de Presupuesto.

Artículo 5º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Planeamiento y Obras Públicas.

Artículo 6º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Secretaría de Economía y Administración, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Compras y Suministros, Contaduría General y oportunamente archívese.

Firma Digital: Luciano Maria Lafosse (Secretario)                  -   Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

            Secretaria de Planeamiento y Obras Públicas                -                     Intendencia