Boletines/Tandil
Decreto Nº 556/2020
Tandil, 02/03/2020
Visto
La Licitación Pública Nº 21-01-19 “Pavimentación de once (11) cuadras sector urbano de Tandil”;
Considerando
Que mediante Decreto Nº 2673/2019 se procedió a la adjudicación a la firma Galizio Construcciones S.R.L.
Que conforme al pliego de Bases y Condiciones de la Licitación expresamente en su artículo 73° menciona que en el supuesto de que se produzcan variaciones significativas en los costos, la redeterminación de precios se efectuará a requerimiento del adjudicatario, conforme lo normado en el Decreto 367/17 E de la Provincia de Buenos Aires.
Que el Decreto N° 367/17 E de la Provincia de Buenos Aires y la Resolución 217/17 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos reglamentario de aquel, prevé que los contratistas podrán optar por solicitar adecuaciones provisorias sucesivas y una redeterminación al final del contrato o solo ésta última.
Que la firma Galizio Construcciones S.R.L. ha presentado la solicitud de encuadre de la obra en el Régimen de Adecuación Provisoria/Redeterminación de precios al 31 de octubre de 2019, conforme a la estructura de ponderación de insumos principales, expresando que la variación de precios ha superado el cinco por ciento previsto en la norma a partir de la fecha de apertura de la licitación.
Que el Director de Pavimentación y Desagües Pluviales ha emitido informe indicando que la obra se encuentra dentro del plazo.
Que conforme la normativa respectiva a adecuación de precios de obra, en el mes de noviembre se produce una variación en los precios de los insumos principales superior al cinco por ciento (5 %).
Que el área Gestión de Procesos ha intervenido concluyendo sobre la factibilidad de adecuar los precios del contrato a partir de los certificados correspondientes al mes de noviembre de 2019 en siete con ochenta y uno por ciento (7,81 %).
Que de acuerdo a la observación efectuada por el área de Gestión de Procesos, basándose en el artículo Nº 17 de la Resolución -217-235-E-GDEBA “Las adecuaciones provisorias serán equivalentes a no menos del ochenta por ciento (80%) de la variación de referencia”
Que ha tomado intervención la Contaduría General, Presupuesto y la Secretaria de Economía y Administración.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
DECRETA
Artículo 1º: Adecúase el valor de la Licitación Pública Nº 21-01-19 “Pavimentación de once (11) cuadras sector urbano de Tandil”; adjudicada a la firma Galizio Construcciones S.R.L. por el monto total de pesos veintitrés millones cuatrocientos cincuenta y un mil trescientos ochenta y nueve con treinta y tres centavos ($ 23.451.389,33).
Artículo 2º: Establécese, por aplicación del Artículo 1° del presente Decreto, el valor de la adecuación N° 3 en Pesos setecientos veintisiete mil setecientos diecinueve con veintidós centavos ($ 727.719,22).
Artículo 3º: El valor determinado en el Artículo 1° se aplicará a partir del Certificado de Obra y Acta de Medición N° 4 correspondiente al mes de noviembre.
Item |
Descripción |
|
Un. |
Cantidad |
P. |
Unitario P. |
Unit |
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Adec. Nº3 |
Adec. 80% |
||||||
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Movimientos |
de M2 |
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1 |
13928 |
$ 146.46 |
$ 117.17 |
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||||
|
suelos |
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|
|
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|
2 |
Const. Base suelo |
M2 |
13928 |
$ 178.66 |
$ 142.93 |
|
||
3 |
Pavim |
hormig M2 |
13928 |
$ 1.419.99 |
$ 1.135.99 |
|||
|
simple |
|
|
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|
|
|
|
4 |
Cruce de cloacas |
cant |
25 |
$ 1.709.89 |
$ 1.367.91 |
|||
5 |
Cruce de agua |
cant |
90 |
$ 1.667.28 |
$ 1.333.82 |
Artículo 4º: La erogación a producirse será apropiada a la partida designada por la Dirección de Presupuesto.
Artículo 5º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Planeamiento y Obras Públicas.
Artículo 6º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas, Secretaría de Economía y Administración, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Compras y Suministros, Contaduría General y oportunamente archívese.
Firma Digital: Luciano Maria Lafosse (Secretario) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaria de Planeamiento y Obras Públicas - Intendencia