Boletines/Tandil

Decreto Nº319/2020

Decreto Nº 319/2020

Tandil, 10/02/2020

Visto

La ordenanza Nº 16.562 y las actuaciones obrantes en el expediente administrativo Nº 9965/2019.

Considerando

Que por medio de la ordenanza N° 16.562 se procedió a la adhesión del Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Vehículos y Chatarra (PRO.NA.COM) implementado por ley nacional N° 26.348.

 

Que este Departamento Ejecutivo ha dado cumplimiento con el art. 2 de la ordenanza mencionada en el párrafo anterior encontrándose al día de la fecha vencido el plazo de intimación allí referido.

 

Que en base a ello, debe procederse como lo señala el artículo citado, a la incorporación al patrimonio municipal de los bienes alcanzados por el marco normativo referido y someterlos al PRO.NA.COM.

 

Que asimismo deberá designarse una entidad que resulte beneficiaria con el producido de la aplicación del programa antes mencionado.

 

Que, en uso de las facultades que otorga la ley nacional N° 26.348 a la cual se ha adherido a través de la ordenanza municipal N° 16.562, corresponde el dictado del presente acto administrativo.

 

Por todo ello, en uso de sus facultades

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

 

DECRETA

Artículo 1º: Incorpórese al patrimonio municipal los bienes agregados en el expediente administrativo N° 9965/2019.

 

Artículo 2º: Dispónese la entrega en calidad de chatarra y a título gratuito al Sistema Integrado de Salud

 

Pública Ente Descentralizado los bienes mencionados en el artículo precedente.

 

Artículo 3º: La entrega dispuesta en el art. 2 se efectúa con el cargo de someter dichos bienes al PRO.NA.COM.

 

Artículo 4º: Establécese un plazo de cinco (5) días para que la entidad beneficiaria acepte la entrega de los bienes dispuesta por el art. 2, bajo apercibimiento de revocación de la misma.

 

Artículo 5º: La Dirección de Control Urbano Vehicular será la encargada de coordinar y supervisar la ejecución de lo dispuesto en los artículos precedentes.

 

Artículo 6º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete de Secretarios.

 

Artículo 7º: Regístrese, comuníquese, notifíquese al Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a la Dirección de Control Urbano Vehicular y archívese.

 

Firma Digital: Miguel Angel Lunghi  (Secretario)          -   Miguel Angel Lunghi (Intendente)

                                Secretaría de Gobierno                     -                     Intendencia