Boletines/Tandil

Decreto Nº535/2020

Decreto Nº 535/2020

Tandil, 26/02/2020

Visto

La nota de fecha 21 de febrero de 2020 presentada por el Sr. Sergio Morales (D.N.I 24.339.330) informando su interés en adquirir dos camiones marca IVECO 150 NT, dominio ASK950 y dominio ASK952, por un valor de $33.000.- cada uno respetando la base de la subasta de diciembre de 2019.

Considerando

La Ordenanza Nº 16459 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, que autoriza al Departamento Ejecutivo a la venta, mediante la modalidad establecida en la Ley Orgánica de las Municipalidades, de los bienes declarados fuera de uso mediante el Decreto n°2102/16, Decreto n °3520/2018 y Decreto n°3860/2018

Los Decretos N°: 1437/2019; 205/2016; 2102/2016; 3520/2018 y; 3860/2018.

La resolución n°304 del año 2019 del Ministerio de Gobierno (fs. 15) que actualiza los valores que determinan las modalidades de venta.

Las tasación del Centro de Martilleros de Tandil de fecha 14 de noviembre de 2018 de fs.19/20, su actualización con fecha 28 de junio de 2019 a fs.47

Que de la subasta realizada el día 14 de diciembre de 2019, aprobada por Decreto n °4877, quedo sin vender por falta de oferentes los bienes identificados con los números 2044 , 2539, 614, 6400, 2279, 2278, 2277, 2106, 4922, cajas compactadoras, 2104, 2034, 612, 2282, STU408, 2074, 2058 y 2534;

Que el camión marca IVECO 150 NT, dominio ASK950, se encuentra identificado patrimonialmente con el n°2279, tiene una base establecida por el Centro de Martilleros de $33.000.-

Que el camión marca IVECO 150 NT, dominio ASK952, se encuentra identificado patrimonialmente con el n°2278, tiene una base establecida por el Centro de Martilleros de $33.000.-

Que en nota de rendición del Centro de Martilleros de fs.122, informan que fue una subasta normal en cuanto a su desarrollo y entienden que los lotes que no tuvieron oferentes se deberían ofrecer sin base mediante algún mecanismo a evaluar, porque los lotes son totalmente en desuso difíciles de transportar con el costo que ello conlleva a los compradores.

Que el articulo 31° inciso a del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, dispone que la Dirección de Compras debe intervenir en las ventas por cuenta de la Municipalidad, centralizando la gestión y control de tales actos, cumpliendo y haciendo cumplir las normas establecidas para las licitaciones publicas y privadas, concursos de precios y compras directas, sin perjuicio de la reglamentación que al efecto haya dictado la comuna.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

DECRETA

Artículo 1º- Autorícese a vender en forma directa al Sr. Sergio Morales (D.N.I 24.339.330) dos camiones, marca IVECO, modelo 150 NT, dominio ASK950 y dominio ASK952 por un valor de pesos sesenta y seis mil ($66.000.-).

Artículo 2º - Los importes que componen los bienes poseen valor final y no se podrá discriminar IVA por ser el Estado Municipal exento de IVA. Debiendo el comprador abonar en Tesorería Municipal al momento de la firma del boleto de compraventa, el CIEN por ciento (100%).

Artículo 3º - La presente autorización tendrá vigencia hasta el 28 de febrero del corriente año, fecha en la que deberá estar firmado el boleto de compraventa.

Artículo 4º - El retiro de los bienes correrá por cuenta y riesgo de los compradores, debiendo hacerlo en el horario de 9:00 a 11:00 hs. dentro de los cinco (05) días hábiles de abonado el precio. Si vencido dicho plazo los adquirentes no retiraron los elementos adquiridos, abonarán un almacenaje del TRES POR CIENTO (3%) sobre el precio de venta y por día corrido, perdiendo todo derecho sobre lo adquirido cuando el importe total del almacenaje iguale al de la venta.

Artículo 5° - Para proceder al retiro de los bienes adquiridos, el comprador deberá concurrir munido de su documento de identidad y de la ORDEN DE ENTREGA extendida por personal de la Dirección de Patrimonio, quién hará firmar también las actas de entrega respectivas. Para gestionar la ORDEN DE ENTREGA, deberá presentar indefectiblemente documento de identidad y acreditar el pago de la totalidad del precio de compra.

Artículo 6º - Todo gasto que demande el retiro del bien adquirido será por cuenta exclusiva de los compradores, por lo tanto, deberán concurrir al predio municipal provistos de los elementos de carga, remolque, etc. que les permita retirarlos. No se admitirá el desarme o arreglo de los bienes dentro del Corralón Municipal ni en sus inmediaciones.

Artículo 7º - Los gastos que originen por cualquier concepto los bienes vendidos desde la fecha de toma de posesión por parte de los compradores, estarán a cargo de estos. La Municipalidad de Tandil no será responsable por los daños que pudieran causar los mismos ni por los deterioros que estos sufran a partir de la fecha de venta.

Artículo 8º - Los formularios necesarios para su transferencia serán rubricados por el representante legal de la Municipalidad, a nombre del adquirente y luego de cancelado el precio, debiendo este último realizar el trámite de transferencia o baja ante el Registro de la Propiedad Automotor por su cuenta y riesgo. Por la Dirección de Patrimonio se procederá a efectuar la pertinente denuncia de venta de cada uno de los automotores enajenados y podrá la Municipalidad exigir que, previo a su retiro, se acredite inicio de trámite de transferencia y/o baja en los Registros que correspondan.

Artículo 9º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 10º - Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal y archívese. Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Administración, Contaduría General, Tesorería, Dirección de Compras y Suministros, Secretaría Legal y Técnica, Dirección de Asuntos Legales, Dirección de Patrimonio, y oportunamente archívese.

Firma Digital: Miguel Angel Lunghi  (Secretario)          -   Miguel Angel Lunghi (Intendente)

                                Secretaría de Gobierno                     -                     Intendencia