Boletines/Tandil
Decreto Nº 525/2020
Tandil, 26/02/2020
Visto
La solicitud de reconocimiento de antigüedad presentada por la Doctora Cintia Mónica Ojea – Legajo 10.992, por el tiempo desempeñado en el Hospital “Sup. Sor María Ludovica” de La Plata como Residente de Clínica Pediátrica y de Endocrinología Infantil, como Jefa de Residentes de Endocrinología Infantil y como Médica de Guardia Asistente Interina en la especialidad Clínica Pediátrica.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
DECRETA
Artículo 1°: Reconócese el concepto “antigüedad” a la agente Cintia Mónica Ojea – Legajo 10.992, por haberse desempeñado en el Hospital Interzonal de Agudos Especializado en Pediatría “Sup. Sor María Ludovica” de La Plata como Residente de Clínica Pediátrica desde el 1° de julio de 2007 hasta el 31 de mayo de 2010, como Residente de Endocrinología Infantil desde el 1° de julio de 2010 hasta el 31 de mayo de 2012, como Jefa de Residentes de Endocrinología Infantil desde el 1° de junio de 2012 hasta el 31 de mayo de 2013, y como Médica de Guardia Asistente Interina en la especialidad Clínica Pediátrica desde el 1° de febrero de 2014 hasta el 30 de noviembre de 2017; como base para incrementar su antigüedad en relación con el grado escalafonario por un total de cinco (5) años y diez (10) meses, y en relación con la bonificación por antigüedad por un total de tres (3) años y diez (10) meses, a partir del 1° de enero de 2020.
Artículo 2°: Reencasíllese a la agente referida como Médica de Planta en la categoría 12 – 24 horas semanales, a partir del 1° de enero de 2020.
Artículo 3°: Las erogaciones resultantes impútense a las partidas Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 18.00.00 – Hospital de Niños “Dr. Debilio Blanco Villegas”, Fuente de Financiamiento 110 – Tesoro Municipal, 1.0.0.0 – Gastos en Personal, 1.1.0.0 – Personal Permanente, 1.1.1.0 – Retribuciones del cargo, 1.1.1.3 – Personal Profesional, 1.1.3.0 – Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 – Por Antigüedad, 1.1.5.0 – Otros Gastos en Personal, 1.1.5.7 – Bonificación Especial, del presupuesto de gastos vigente.
Artículo 4°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Gastón Morando (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia