Boletines/Tandil
Decreto Nº 477/2020
Tandil, 22/02/2020
Visto
El incremento salarial establecido a los Trabajadores del Sector Privado mediante Decreto 14/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.
Considerando
Que los salarios del personal incorporado al Municipio en el marco de la Ley 14126 se ajustarán conforme las pautas salariales establecidas a nivel nacional para la actividad minera, conforme lo establece el artículo 12 de la mencionada normativa;
Que el incremento salarial otorgado a los Trabajadores del Sector Privado mediante Decreto 14/2020 alcanza a todo el personal incorporado al Municipio en el marco de la Ley 14126/12
Que se estableció el un incremento salarial mínimo y uniforme de Pesos Tres Mil ($ 3000) a partir del mes de Enero de 2020, importe al que se adicionará la suma de Pesos Un Mil ($ 1000) en Febrero del corriente año.
Que el presente incremento será absorbido por las futuras negociaciones paritarias.
Por todo ello; en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL
D E C R E T A
Articulo 1º.- Establézcase para todo el personal incorporado al Municipio en el marco de la Ley 14126/12 un incremento salarial de Pesos Tres Mil ($ 3000) a partir del mes de Enero de 2020, importe al que se adicionará la suma de Pesos Un Mil ($ 1000) en Febrero del corriente año, el cual será absorbido por las futuras negociaciones paritarias.
Articulo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese, tomen conocimiento Dirección de Presupuesto, Contaduría General y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo.
Firma Digital: Miguel Angel Lunghi (Secretario) - Miguel Angel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Gobierno - Intendencia