Boletines/Tandil

Decreto Nº477/2020

Decreto Nº 477/2020

Tandil, 22/02/2020

Visto

El incremento salarial establecido a los Trabajadores del Sector Privado mediante Decreto 14/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.

Considerando

Que los salarios del personal incorporado al Municipio en el marco de la Ley 14126 se ajustarán conforme las pautas salariales establecidas a nivel nacional para la actividad minera, conforme lo establece el artículo 12 de la mencionada normativa;

Que el incremento salarial otorgado a los Trabajadores del Sector Privado mediante Decreto 14/2020 alcanza a todo el personal incorporado al Municipio en el marco de la Ley 14126/12

Que se estableció el un incremento salarial mínimo y uniforme de Pesos Tres Mil ($ 3000) a partir del mes de Enero de 2020, importe al que se adicionará la suma de Pesos Un Mil ($ 1000) en Febrero del corriente año.

Que el presente incremento será absorbido por las futuras negociaciones paritarias.

Por todo ello; en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Articulo 1º.- Establézcase para todo el personal incorporado al Municipio en el marco de la Ley 14126/12 un incremento salarial de Pesos Tres Mil ($ 3000) a partir del mes de Enero de 2020, importe al que se adicionará la suma de Pesos Un Mil ($ 1000) en Febrero del corriente año, el cual será absorbido por las futuras negociaciones paritarias.

Articulo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.

Artículo 3º.- Regístrese, notifíquese, tomen conocimiento Dirección de Presupuesto, Contaduría General y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo.

Firma Digital: Miguel Angel Lunghi  (Secretario)          -   Miguel Angel Lunghi (Intendente)

                                Secretaría de Gobierno                     -                     Intendencia