Boletines/Tandil

Decreto Nº346/2020

Decreto Nº 346/2020

Tandil, 11/02/2020

Visto

 El Programa “Operadores de Calle suscripto entre la Municipalidad de Tandil y la Secretaría de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires, convalidado por Ordenanza Nº 15449. 

Considerando

 

 Que debe remunerarse la tarea según lo dispuesto en la cláusula segunda de los contratos suscriptos, en el marco del Programa referido.                        

 Que al respecto se ha expedido la Secretaría d Economía y Administración por sus áreas la Dirección de Presupuesto y la Contaduría General.
 

 

Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A 

 

Artículo 1º: Autorízase a Contaduría General a extender órdenes de pago por la suma total de Pesos ochocientos sesenta y cuatro mil mil  ($ 864.000,00) a favor de las personas que se detallan seguidamente a razón de Pesos catorce mil cuatrocientos ($ 14.400,00) mensuales por el período comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre, ambos de 2019, en el marco del Programa “Operadores de Calle suscripto entre la Municipalidad de Tandil y la Secretaría de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires, convalidado por Ordenanza Nº 15449: De Luca Esteban – DNI 35.177.404        Laulhe, Francisco – DNI 32.067.850        Michetti, Mariano – DNI 35.744.681 Possak, Pablo – DNI 31.014.614 Terragni Alan – DNI 38.916.137


Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Hábitat.

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese, pase a la Secretaría de Economía y Administración, Secretaría Legal y Técnica, Secretaría de Desarrollo Social, Contaduría General y oportunamente archívese.

 

Alejandra Elizabeth Marcieri (Secretaria)                                        Miguel Angel Lunghi (Intendente)

Secretaria de Desarrollo Humano y Hábitat                                       Intendencia