Boletines/Tandil
Decreto Nº 215/2020
Tandil, 31/01/2020
Visto
La necesidad de racionalizar el otorgamiento de viáticos para comisiones de servicio dentro y fuera del territorio nacional; y
Considerando
Que el Decreto nº 1721/2007 -y sus modificatorios- regula el régimen de viáticos, reintegro de gasto y movilidad. Las facultades establecidas en el art. 107, inc. 15 del Decreto Ley 6769/58. Que resulta necesario el dictado del presente acto administrativo.
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Suspéndanse hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, las comisiones de servicio a realizarse fuera del territorio nacional, quedando exceptuadas aquellas que ya tuvieran principio de ejecución.
Artículo 2º: Toda solicitud de comisión de servicio a realizarse dentro del territorio nacional deberá ser remitida a la Jefatura de Gabinete de Secretarios para su correspondiente evaluación de forma previa como condición necesaria para su eventual autorización.
Artículo 3°: El egreso que ocasionen las comisiones de servicio referidas en el art. 2º del presente, deberán ser imputadas al presupuesto de gastos corrientes de la Secretaría a la que pertenezca el comisionado y que haya demandado la comisión de servicio.
Artículo 4°: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete de Secretarios.
Artículo 5°: Regístrese, comuníquese, dese al “Boletín Oficial”. Tomen nota el Sistema Integrado Salud Pública Ente Descentralizado, todas las Secretarías y Direcciones de la comuna, Tesorería Municipal, Contaduría General, Dirección de Presupuesto y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.
Firma Digital: Oscar Alberto Teruggi - Jefe de Gabinete - Jefatura de Gabinete de Secretarios - Miguel Ángel Lunghi - Intendente - Intendencia